IT durante ERE de reducción de jornada.
Si un trabajador tiene su jornada diaria reducida un 50% en virtud de un Expediente temporal de Regulación de Empleo ( el otro 50% tiene reconocida la prestación por desempleo) y pasa a la situación de incapacidad temporal, ¿Quién abona la prestación? ¿Cada uno en proporción? O ¿Es la empresa la encargada del pago delegado pero del total?.
Respuesta de mgaban
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