Paga extra en nomina

Tengo una duda y es que acabo de empezar en una asesoría, y ahora al hacer las nóminas de este mes, tengo un trabajador que solo lo dimos de alta 5 días, ¿entonces al hacerle la nómina donde le pongo la cantidad de pagas extras prorrateadas? Se lo sumo al salario o se lo pongo dentro de gratificaciones extraordinarias, ¿y estas gratificaciones a que se refieren?

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La nómina de alguien contratado solo 5 días es igual que las demás pero con las cantidades proporcionales... si tu nómina tiene los siguientes conceptos
Salario base
Paga extra 1
Paga extra 2
Pues tienes que hacerlo exactamente igual, la estructura no cambia... pero si solo ha estado 5 días esto genera una LIQUIDACIÓN, es decir, si además de la pagas extras incluidas en la nómina mensuales tenéis por ejemplo una paga en junio y otra en diciembre pues tienes que hacerle "a parte de la nómina" un recibo de liquidación donde incluyes el importe que corresponde de esa paga de junio y de diciembre a 5 días de trabajo + el importe por vacaciones devengadas NO disfrutadas...
Espero haber contestado porque no he entendido nada de lo de meter aq1uí o allá... la nómina se hace exactamente igual!
Bien entonces tengo que hacer una nómina normal... pero el problema es en que concepto sitúo las pagas extras prorrateadas en una nomina normal... y luego si a parte de la nomina hago la liquidación y las vacaciones no disfrutadas... que en este caso sería de 1 día, ¿no?
¿Tienes un programa? Porque dberías haber comunicado la fecha de baja de esa persona y tendrás una opción que es generar la nómina y te parecerá calculo de liquidación... pero bueno si no te sale así...
¿La nómina como todas ok? Lo que pasa es que normalmente te sale a 30 días y esta será de 5 días... con todos los conceptos que tenga normalmente ni más ni menos... la liquidación también debería calculartela porque también está sujeta a seg social e IRPF pero aunque la liquidación la sacas a parte (normalmente) la retención por la seg soc e irpf te la mete en la nómina.
¿Un día de vacaciones? No, si son por ejemplo 30 días al año 30/360 días (si es pago mensual)0.083 al día por 5 días de trabajo= 0.41 x el precio día que te salga . En el certificado de empresa que le deberías haber dado a esa persona sí pondrá un día porque a efectos seg social en disfrute una porción equivale a día completo, pero sí puedes pagar 0.41 de un día de vacaciones por lo que se paga exactamente lo que ha devengado ... si un día son 40 euros= 16.60 euros...
Ten en cuenta que la prorrata de las pagas que se incluyen en nómina suelen ser la paga 15 y 16 que suelen marcar los convenios de modo que en vez de cobrar 16 veces cobras 14= 12 salarios y 2 pagas extras... por lo que esa paga 15 y 16 son conceptos siempre de la nómina ...
¿En qué concepto pones las pagas? A ver o las tienes siempre o no las tienes! ¿Los demás empleados tienen? Pues es exactamente elo mismo... es que no entiendo bien el problema la verdad... porque si nadie tiene concepto de pagas en la nómina (cosa del todo improbable) a esta persona tampoco tienes que ponérselo...

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