Concatenación contratos temporales

Tras la aparición del nuevo decreto ley de finales de agosto 11 me surge una duda con respecto a la concatenación de los contratos temporales (no de obra).
Los contratos temporales vigentes se podrán ampliar hasta 2 años independientemente si el trabajador se queda en el mismo o distinto puesto, o con la misma eventualidad?
Muchas gracias

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