Vacaciones en contrato a tiempo parcial

Y enhorabuena por su trabajo, mi pregunta es la siguiente:
Llevo un año trabajando en una empresa de marketing para la que solo voy a trabajar los fines de semana echando un total de 12 horas semanales, aunque me tienen dado de alta a 20 horas. Semanales.
En el contrato inicial que firmé ponía que tengo derecho a 30 días de vacaciones por el año de trabajo, pero ahora, al terminar el año y el contrato y sin haber disfrutado vacaciones, me quieren pagar 15 días. ¿Es eso correcto por estar al 50% en C.T.P. O por el contrario hay que respetar lo dicho en contrato sin entrar en la jornada?.

1 Respuesta

Respuesta
1
Efectivamente la ley dice 30 días por año trabajado... con esto habla de un año, no qué días... pero luego está la jurisprudencia para aclarar estos temas...
En el ámbito laboral no es lo mismo hacer 20 horas semanales pero trabajando todos los días laborables... que sí da derecho a 30 días... ya que tus ´días de trabajo son de 4h y tus vacaciones son de jornadas de 4 también...
Pero cuando esas 20 horas las estás realizando en días completos... se hace la proporción... aunque la proporción tiene en cuenta también los días a la semana que trabajas!
De hecho te diría que han sido generosos, no solo porque parece que tienen en cuenta el contrato de 20horas y no han intentado hacer el trapeo de calcular sobre 16 horas... y que trabajando solo 2 días a la semana realmente podrían haber incluso calculado que
Lo normal son 2.5 días naturales por mes trabajado... la estimación en días LABORABLES es que son unos 22 días laborables al mes de media... por lo que si contamos que tú trabajas entre 8 o 9 días al mes... pues haz los cálculos ... a penas sale un día al mes... por 12 meses = 12 días... naturales.. y dices que te pagan 15..
A ver, al poner la ley 30 días por año... puedes poner una reclamación de cantidades en el juzgado... perfectamente... a menos que te pueda perjudicar para futuros trabajos, etc... pues no pierdes nada, e igual el juez es de los que considera que al ponerlo en el contrato...
Pero eso es lo malo... que puedes reclamar y que un juez te de la razón, o puede que no te la de... depende de interpretaciones por desgracia, aunque no debería ser así... la próxima vez hablaló tal cual desde el principio ...

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas