Calculo exacto horas por día de vacaciones.

Trabajo en Seguridad Privada.
El convenio nacional establece 31 días de vacaciones.
Las nóminas reflejan 30 días trabajados independientemente del nº de días que traiga el mes.
La jornada está establecida en 1782 horas anuales.
Se realizan 162 horas por mes trabajado. (1782/11=162)
Por todo esto soy un "trabajador mensual", y no trabajador diario, para el calculo de abonos.
Se disfrutan las vacaciones por quincenas: 15 días en invierno y 16 días en verano.
Hasta ahora el cálculo diario en vacaciones se realizaba dividiendo 360 días/12 meses= 30 días por mes. Después 162 horas a realizar cada mes/ 30 días por mes = 5,4 horas por cada día de vacaciones.
Mi empresa ha afinado solo en vacaciones. Divide 365 días anuales entre 12 meses lo que le da 30,42 días por mes (Cosa que no abona en cada nómina mensual)
De este modo el cálculo de horas por cada día de vacaciones es de 5,33 horas por día.
¿Esto es correcto?,¿Si la empresa hace este cálculo solo para vacaciones puedo solicitar que se me considere trabajador diario y se me abonen 365 días anuales?

2 respuestas

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Lo que dice el convenio de seguridad es:

1. Régimen general del cómputo de jornada.
La jornada de trabajo será de 1782 horas anuales de trabajo efectivo en cómputo mensual, a razón de 162 horas.

Por lo tanto, a mi entender, el mes de vacaciones no cuenta como horas efectivas para el cálculo de horas extra. Pero sí se cobra como días trabajados, de ahí que se llamen retribuidas. ¿Me equivoco?

Respuesta
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Para cálculos mensuales se suelen hacer los cálculos respecto 360 días (30x12meses), la cuestión es que lo estipulado son 30 días naturales que equivalen a 2.5 días al mes... 31 días son 2.58 días al mes de vacaciones.
Un día de vacaciones es un día, independientemente de las horas de dicho día! Alguien con un contrato a jornada parcial también tiene 31 días de las horas habituales que sea su contrato...
No entiendo tus cálculos ni por qué lo haces... si tienes un salario de 20.000 euros año, lo divides entre 360 días y te sale TU PRECIO DÍA =55.55 euros día (si te deben 3 días de vacaciones en una liquidación, ya que si no no se pueden pagar = 55.55x 3 días naturales)
Respecto al cálculo de precio hora... pues harías 20.000 / 1782 horas =11.22 euros hora, esta es la base para el pago de horas extras que a veces se pagan a precio hora normal, o el convenio marca que se paga un 25% más de ese precio hora.
¿No sé para qué haces el cálculo? ¿Cuál es tu situación? ¿Qué no disfrutáis las vacaciones?
Gracias por tu pronta respuesta.
Entiendo que cogiendo los 31 días de vacaciones del tirón debería cobrar lo mismo que un mes normal, como se refleja en nómina al ser trabajador mensual. Por tanto el cálculo es claro 12 meses a 30 días cada uno.
Es mi empresa la que hace los cálculos pues se nos asignan vacaciones en dos quincenas de meses diferentes. En verano 16 días y en invierno 15 días.
El cálculo lo han realizado siempre para obtener las horas trabajadas entre los días de vacaciones y los días trabajados durante el resto del mes.
Las 5,4 por día de vacaciones se sumaban a las trabajadas durante la quincena de jornada y con esto se obtenía el nº de horas trabajadas que pasando de 162 en ese mes se consideran horas extras, que se pagan algo más caras que las ordinarias.
Ahí viene el problema que nos han estado haciendo el cálculo como trabajadores mensuales para todo el año y ahora, solo en vacaciones, nos consideran trabajadores diarios.
Siempre disfrutamos las vacaciones pero ahora se nos quiere abonar menos por ellas atendiendo a que en el convenio se reflejan 31 días y no 30 como viene en el estatuto de los trabajadores.
Solo quiero saber si al considerarme la empresa un trabajador diario para el cálculo de las vacaciones, debo realizar todos los cálculos entre 365 días anuales.
Un saludo.
Para empezar... no tengo ni idea que está haciendo tu empresa ni que lio complicado se trae... los días de vacaciones VALEN lo mismo que un día normal... y si quiere hacer una media de horas para los días de vacaciones debería dividir el nº de horas / nº de días laborables y le saldría que media de horas por día hay.
Lo primero es que los días de vacaciones CUENTAN como días laborables... y horas de trabajo... quiere decir que dentro de esas 1782 horas ESTÁN INCLUIDAS las vacaciones... que no pueden hacer 1782/11 ya que sería 1782/12 meses... si están haciendo los cálculos a 11 meses y estáis trabajando 1782h en 11 meses... pues todas las horas que supuestamente hacéis en vacaciones (computan para la jornada anual como trabajo efectivo) son clarmanete HORAS extras. Y por tanto os las tienen que pagar a precio
SALARIO ANUAL / 1782H = precio hora NORMAl y eso según tu convenio y lo que diga que vale la hora extra multiplicarla por el cálculo de horas que deberíais hacer en esas vacaciones que hacer el cálculo a razón de 5 horas me parece bastante poco...
Pero digamos que haciendo esto, que es un lío pero sería lo más correcto respecto al método que hace tu empresa (y teniendo en cuenta que considerar como extras las vacaciones no solo es raro sino raya la ilegalidad... ) entiendo que dependiendo del mes, tu empresa calcula que has trabajado 15 días (de 31 por ejemplo) y cogido 16 de vacaciones... o si has cogido los primeros 16 de vacaciones luego te contará 15 de trabajo (por tanto te hace el cálculo hasta 31 como diario) mala suerte si lo haces en febrero pro ejemplo... pero nunca te harían cálculo por debajo de 30 días... y hacértelo a 31 os beneficia... ya te digo que es raro raro y o tenéis un convenio de lo más raro, o tu empresa compensa de alguna forma o si tienes cmité de empresa debería pegarle buen repaso al tema...
De todos modos para que te hagas idea cuando tienes una baja médica el cálculo se hace sobre meses reales, es decir, sobre 29, 30 o 31 días.. aunque tu salario sea mensual.. y sería correcto... así que dejando a parte que todo ese sistema de tu empresa no es correcto, ´NO, no tienen que considerarte todos los cálculos como salario diario...
Gracias por tu interés.
El convenio de seguridad privada es de lo más rocambolesco, hasta el punto de tener un cálculo de las bajas propio y fuera de la base de cotización. Tanto es así que se cobra más por un accidente fuera del horario laboral que por un accidente de trabajo.
Es solo un ejemplo.
Seguiré tus consejos.
Un saludo

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