No me entero con las vacaciones y las horas extras

Trabajo desde el 1/7/2010 con contrato indefinido (mod. 100) y periodo de prueba de 6 meses. Dicho contrato se ampara en el convenio del Metal de la C.A.Madrid y la jornada laboral es de 40h semanales (8:30h de Lunes a Jueves y 6h los Viernes).
Desearía saber cuántas vacaciones me corresponderían del 2010 puesto que si partimos de los 30 días naturales que marca el convenio, pues deberían de corresponderme 15 días naturales, y me hacen una cuenta que no me cuadra (cuando empiezan con que depende del día laborable se cuentan no sé cuantos naturales me pierdo). Hicimos puente los días 11/10, 8/11 y 7/12. La empresa cerró desde el 27 al 31/12 (inclusive). Yo no gasté ningún día.
¿Me diríais la equivalencia día natural-día laborable dependiendo del día que se disfrute de la semana?.
También quisiera saber si es correcto el cálculo de horas extras. Esto dice la asesoría:
- Las horas extras normales (las que se trabajan tras la jornada ordinaria de 8h en día laborable) se pagan con un recargo del 75% sobre el precio de la hora de trabajo ordinaria.
- Las horas extras en festivo (las que se trabajan tras un jornada ordinaria de 8h en día festivo) se pagan con un recargo del 150% sobre el precio de la hora de trabajo ordinaria.
- Las horas festivas (las que se trabajan en día festivo dentro de una jornada ordinaria de 8h) se pagan como un "plus festivo" equivalente al 75% de la hora ordinaria.
Esto me lleva a preguntar primeramente cómo puedo calcular el precio de la hora ordinaria, y seguidamente si ese recargo es sumar el % de recargo del q hablan al precio de la hora ordinaria o es q se cobra sólo el % de la hora ordinaria (p.ej. En el primero de los supuestos si la hora ordinaria es de 10.-? Se le sumarían 7,5.-?= 17,5.-?/h o por el contrario se cobraría a razón de 7,5.-?/h).
Exponiendo mi caso ... ¿se consideran todas las horas que haga con posterioridad a esas horas como dentro del primer supuesto "horas extras normales"?, al trabajar sólo 6h el Viernes no sé si están tomando como jornada normal hasta las 16:30h aunque sólo trabaje hasta las 14:30h.
Si trabajo algún Sábado ¿se consideran las horas trabajadas dentro de "horas extras normales" aunque no trabaje nunca los Sábados?. Y por último, entiendo que si trabajo un Domingo, cobraré 8h como "plus festivo" y por encima de 8h como "horas extras festivas". ¿Es todo correcto?.
Por último, para el 2011, y teniendo en cuenta las horas que hay que cumplir según el convenio, y las horas que trabajamos descontando los festivos, me salen 27:30h de más a favor de los trabajadores. La asesoría dice que no corresponde dar esos casi 3 días laborables porque ningún trabajador lleva un año en la empresa, que en todo caso en Diciembre se tiene que dar una paga extraordinaria por el exceso de horas que consideran sólo en un día laborable por corresponder a casi 3 días naturales. Eso sí, luego indican que el 24 y el 31 de Diciembre son festivos de empresa, aunque la empresa no ha dicho nada, y encima caen en Sábado este año. ¿Cuáles son las horas que realmente nos sobrarían y podríamos utilizar?.

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1
Para futuras preguntas procura resumir más tus preguntas, por que hasta los que conocemos la materia nos perdemos.
1.- Tema vacaciones. Si en tu contrato habla de 30 días naturales, la fórmula que se utiliza es la de 2.5 días por mes trabajado. Como tu has trabajado 7 meses; 7x2.5 = 15 dias.
Lo que pasa es que deberías que los puentes que os habéis cogido y los días de cierre de la empresa van a cargo de vacaciones. Seguro.
2.- Con respecto a las horas extraordinarias es todo correcto. Hay dos tipos de H extras, las ordinarias, de días festivos. Y un tipo de horas en festivo. Que se cobran al 75% 150% y 75% respectivamente.
Para calcularlo, coges tu nomina la divides entre las horas que trabajas al mes y te da el precio de la hora, que imagimemos que es de 9 euros/h, pues para hacer el calculo simplemente se le suma el porcentaje de más.
9+(75% de 9) = 15.75 ; 9+(150% de 9) = 22.5
Muchísimas gracias por la rápida y precisa respuesta.
Perdón por no resumir, pero quería que tuvierais los máximos datos posibles, supongo que a veces eso también hace que la cosa se líe.
En cuanto al cobro de las horas todo correcto, me queda claro al 100%. Sobre todo lo del "plus festivo" que era lo que no llegaba a entender. Tanto esto como lo de los recargos, ahora ya lo entiendo.
El tema de las vacaciones lo tenía claro en cuanto a los 2,5 días por mes, pero es que la asesoría me comenta que depende de si el día de vacaciones disfrutado es un Lunes o un Viernes o hay algún festivo en medio no se contabiliza como un único día sino como más, y ahí si me pierdo, no entiendo lo que me dicen. Los cierres y puentes si van a cargo de la empresa (no me lo han dicho pero lo intuyo).
Para este 2011 quieren implantar 22 días laborables, pero en el recuento total de horas trabajadas la asesoría me indica que no corresponde poder disfrutar del sobrante de 27:30h trabajadas según convenio ¿a qué puede ser debido?, ¿Por qué no llevamos un año trabajado como dicen?. También es la primera vez que lo oigo ...
Muy agradecido.
Lo siento pero yo tampoco llego a comprenderlo.
Las vacaciones si son 30 días naturales son 30 días naturales. Que más da cuando se comience. Simplemente es contar con el dedito en el calendario. Otra cosa son los 22 días laborables que de aquí se descuentas fines de semana y festivos, pero eso es solo beneficioso para el trabajador.
Con respecto a las horas trabajadas de más tampoco estoy de acuerdo, que la esesoria te de referencias legales al respecto y me las leo.
Si tu has trabajado 27 horas de más y se pueden demostrar por ejemplo con fichajes, pues te las tendrán que pagar o las tendrás que disfrutar en forma de vacaciones. Que más dará el tiempo que lleves en la empresa... me digo yo...
No se, que te den referencias legales y las hecho un vistazo.
Bueno, parece que no llegamos a entender a los de MAZARS (la Asesoría), yo creo que miran demasiado por la empresa, je je. Lo cierto es que todo lo razonan bastante bien, pero no sé, lo de que un Lunes de vacaciones en realidad sea más de un día natural de vacaciones porque se incluye la parte proporcional del Sábado y el Domingo no lo pillo.
Muchísimas gracias por las molestias, en cuanto sepa algo más te mantendré informado.

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