Capitalizar paro en autónomo

Hola , quería saber si puedo capitalizar el paro trabajando 4 meses como autónomo , gracias

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- Podrá solicitar y obtener en un solo pago la cantidad que vaya a destinar a la adquisición de acciones (sociedad anónima laboral) o a participaciones(sociedad limitada laboral), ya sean en metálico o en especie, del capital social. Si el importe que destina a la compra de acciones o participaciones del capital social fuera inferior al de la cuantía de su prestación, puede solicitar que el importe restante se le abone en pagos mensuales para financiar el coste de las cuotas de la Seguridad Social durante el desarrollo de su actividad.
No se puede financiar a través de la capitalización el coste de ampliaciones de capital, ni desembolsos futuros o aplazados del coste de las acciones o participaciones sociales.
- Podrá solicitar y obtener exclusivamente la cantidad que justifique como aportación para la adquisición de acciones o participaciones.
- Podrá solicitar y obtener exclusivamente el importe total de la prestación pendiente de percibir para la subvención de cuotas de la Seguridad Social.

Esto quiere decir que si tu actividad de 4 meses justifica el cobro... porque tienes que justificar qué actividad inicias y la inversión que vas a emplear... Y dependiendo del tipo de actividad o sociedad si es que montas una...

Memoria del proyecto, explicativa de la actividad a realizar y en la que figure la descripción de la actividad (en qué consiste, lugar de desarrollo, fecha de inicio,…) y el importe de la inversión necesaria para su inicio, junto con los justificantes de lo expuesto en la memoria. Si únicamente solicita la subvención de cuotas de Seguridad Social, no es necesario incluir en la memoria los datos económicos relativos a la inversión.
• Si es un trabajador discapacitado, certificación expedida por el IMSERSO o el órgano competente de la Comunidad Autónoma que acredite que tiene un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, o resolución del INSS reconociendo la incapacidad permanente en dicho grado.
• En el supuesto de que haya creado una comunidad de bienes o sociedad civil irregular, documento acreditativo de la constitución.
• Si va a trabajar encuadrado en el Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social, como socio capitalista de una sociedad mercantil, solo será posible acceder a la modalidad de pagos mensuales para la subvención de cotizaciones a la Seguridad Social.
En caso de incorporación a cooperativas o sociedades laborales en funcionamiento:
• Certificado del consejo rector de la cooperativa u órgano de administración de la sociedad laboral que indique que ha solicitado su ingreso, que el trabajo a realizar es estable, si hay o no fijado un periodo de prueba y, en caso afirmativo, su duración. Además debe informar sobre el importe de las aportaciones obligatorias y, si las hubiera, voluntarias que ha de realizar para adquirir la condición de socio de la cooperativa, o, en el caso de sociedad laboral, el valor de adquisición de las acciones o participaciones del capital social. Este dato no es necesario si solicita exclusivamente el pago único para subvención de cuotas de Seguridad Social.
• No se exige memoria explicativa del proyecto.
• Para que se produzca el abono de la prestación contributiva en su modalidad de pago único es necesario presentar el acuerdo de admisión como socio y la superación del período de prueba.
En caso de constitución de cooperativas o sociedades laborales:
• Documento privado firmado por los socios en el que figuren los siguientes datos (salvo que ya consten en el proyecto de estatutos):
- Identidad de los socios.
- Manifestación de su voluntad de constituir la cooperativa o sociedad laboral.
- Las condiciones de trabajo estable y si se fija, o no, periodo de prueba y su duración.
- Aportación obligatoria y, en su caso voluntaria, del socio trabajador a la cooperativa, o el valor y número de acciones o participaciones a suscribir por el socio de la sociedad laboral anónima o de responsabilidad limitada, respectivamente. Este dato no es necesario si se solicita exclusivamente el pago único para la subvención de cuotas a la Seguridad Social.
• Proyecto de estatutos de la sociedad o cooperativa, donde conste el capital social, su distribución en acciones o participaciones y las condiciones de desembolso (en especie o metálico, plazos de desembolso).
• Memoria del proyecto, explicativa de la actividad a realizar y que acredite su viabilidad, junto con los justificantes de lo expuesto en la memoria.
Posteriormente hay que aportar:
• Acta constitutiva y estatutos de la cooperativa o sociedad laboral.
• Certificado de la inscripción de la cooperativa o sociedad laboral en el registro correspondiente.

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