Duda paga extra de marzo y plus transporte
Me acaban de hacer un contrato de practicas de 6 meses desde mayo y a una amiga indefinida. El convenio que nos aplican es el de OFICINAS Y DESPACHOS DE ALICANTE. Resulta que en convenio sale una paga de marzo que pone:
Artículo 20. Paga de marzo.
Se establece por este concepto el importe de una
mensualidad del salario del convenio, más el complemento
de antigüedad consolidada, en su caso, correspondiente al
ejercicio económico anteriormente finalizado y que se abonará durante el primer trimestre del año.
Para quienes causen baja o alta en la empresa, así
como al personal enfermo o accidentado, esta gratificación
se abonará con arreglo al procedimiento seguido para el
pago de las gratificaciones de junio a diciembre.
La empresa podrá prorratear esta paga en doce mensualidades, sin perjuicio de su negociación con la representación de los trabajadores y trabajadoras, si la hubiese.
¿Habría qué incluirla en nómina en el caso de los dos contratos? ¿O esta paga mi jefe puede evitar pagárnosla?
En dicho convenio también sale algo de plus de transporte, ¿debe incluirse en nómina o en que casos no cotiza?