Alta autónomo

Hace unos días un amigo decidió darse de alta como autónomo y me pidió que le tramitara los papeles.
Presenté el 036 (comienzo inicio actividades) y lo di de alta como autónomo en seg. Social.
¿Tengo qué realizar algún paso más?
¿Tiene qué darse de alta en IAE?
¿Tiene qué solicitar NIF?
(Tiene 2 actividades: "instalaciones eléctricas" y "fontanería y inst. Climatización"; tributa en estimación directa simplificada)
Respuesta
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El alta en IAE ya lo está dando en el 036 y el NIF al ser persona física es el propio, con lo que no hace falta pedir nada más. Faltaría sellar en el Ministerio de Trabajo un libro de visita y si tiene un local dar de alta en el mismo sitio el centro de trabajo. Si no tiene empleados no hay ningún trámite más.
Una ultima duda:
- ¿Qué plazo hay para sellar el libro de visita?
- Me han comentado que no suele ser muy usual que se lo pidan a un autónomo. ¿Cuál es la sanción por no disponer del libro?
La anterior respuesta me ha sido de gran ayuda, gracias
El libro de visita hay que sellarlo al inicio de la actividad, en teoría debe estar sellado cuando se empieza con la actividad pero tampoco hay problema si se hace en un tiempo razonable. Solo si hay una inspección puede ser causa de sanción. Efectivamente no es muy usual pero si es obligatorio, por tanto mejor tenerlo. La sanción es leve, de 30,05 euros a 300,51 euros.

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