IRPF y Autónomo

El hecho de estar dado de alta en un epígrafe fiscal TE OBLIGA A DARTE DE ALTA COMO AUTÓNOMO EN LA SEGURIDAD SOCIAL.
No debías haberte dado de alta en hacienda, simplemente haber hecho una factura con la retención del 15% ( el 7% solo es para los que están dados de alta en hacienda y solo en los 3 primeros años), no tendrías que hacer IVA y este ingreso lo declararías como si fueran rendimientos de trabajo. Para estar dado de alta es necesario que sea tu profesión habitual y tu medio fundamental de vida y con HABITUALIDAD, que como ves no cumples por ahora.
DATE DE BAJA EN HACIENDA ( modelo 036).
Espero haberte aclarado la duda, por favor puntúa la respuesta. Es muy importante. Gracias y un saludo .FULMA

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Vamos a ver, en la primera pregunta me escribes que te has dado de alta con el modelo censal 036 en el epígrafe 763: ESO SIGNIFICA QUE YA ESTAS DADO DE ALTA EN HACIENDA.
Mi consejo: Debes darte de baja inmediatamente, y si es posible con la misma fecha de alta, porque si no tendrás todas las obligaciones formales y fiscales que corresponden a un empresario( declaraciones trimestrales, resúmenes anuales, 347, renta como empresario, libros, etc), y además "DARTE DE ALTA COMO AUTÓNOMO EN LA SEGURIDAD SOCIAL".
El Artº 16.2.D y el Artº 25 de la Ley 40/98 de 9 de diciembre ( Ley del IRPF) en esos artículos estableces que si ese trabajo ES EXPORÁDICO ( no habitual) ylo cedes para su explotación, la retribución se considera RENDIMIENTO DE TRABAJO, sujeto a retención (15%) y NO GENERA IVA.
Espero haberte aclarado la duda; por favor puntúa la respuesta: ES MUY IMPORTANTE.

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