Suspensión de pagos empresarial, conciliación de deuda y cobro del fogasa. Derechos laborales

Necesito una respuesta lo más urgente posible, no tenemos tiempo para pensarlo.
Tema: mi mujer trabaja en una empresa desde 1996 en calidad de contrato indefinido, bueno pues hace 1 año y 8 meses solicito excedencia para un año por el nacimiento de nuestra hija, al año la empresa estaba en suspensión de pagos pero activa, fue la misma empresa la que solicito a mi mujer una prorroga de seis meses más para ver que pasaba con la empresa, si cerraba o que, mi mujer aceptó, pues veía que la empresa podía cerrar en breve, bueno pues el día 4 de abril de 2005 mi mujer se debía de incorporar a la empresa o bien solicitar más excedencia, lleva ya un par de meses intentando hablar con la empresa pero la empresa le dice que más adelante (el mes pasado la empresa despidió a varias trabajadoras), bueno, hoy por fin ha podido hablar con ellos y ellos le han propuesto lo siguiente, 1º incorporarse a trabajar a un puesto de trabajo bastante más duro del que desempeñaba antes de la excedencia (lo que no se es si es la misma categoría laboral a la que ella pertenece, este puesto siempre lo han desempeñado hombres por que requiere mucho más esfuerzo físico), 2º no incorporarse y tirarla al paro (esta opción es la que nosotros quisiéramos, pero el inconveniente es que la empresa dice que por despido normal le correspondería aproximadamente 11.000 euros, de los cuales la empresa solamente le tendría que dar alrededor de 6.000 euros más o menos, el resto lo pagaría FOGASA ), pero lo que ocurre es que la empresa le dice que en vez de darle los 6.000 para despedirla le daría 3.000 y en dinero negro y en varias veces, que para esto le haría un contrato privado), bueno nuestra duda es que hacer, no nos ha dado tiempo a pensarlo pues le ha estado dando largas hasta hoy, dice que le tiene que contestar mañana o pasado todo lo más tardar, pues el lunes día 4 de abril se debería de incorporar a trabajar, me gustaría haber si nos pueden ayudar o por lo menos informarnos, la verdad es que nos urge muchísimo.

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Si la emnpresa va a cerrar, o hacer suspensión de pagos, y a ti te interesa coger el paro por 3000 euros, debes aceptarlo, pero con un acto de conciliación y que la deuda quede reflejada en el acta de conciliación en el CEMAC ( CENTRO DE MEDIACIÓN, ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN), incluida la forma de pago de dicha cantidad, ASÍ TE ASEGURAS EL RECONOCIMIENTO DE DEUDA POR PARTE DE LA EMPRESA, pero perderás el FOGASA, tendrías que ir a juicio para que el Juez declarara la insolvencia de la empresa, con lo cual casi seguro que tampoco te pagaría ya que la empresa tiene bienes donde embargar. Si lo haces como documento privado, pierdes todos los derechos laborales, sería una deuda civi, y echale para cobrarla.
Mi consejo coge los 3000 euros y el paro.
Espero haberte clarado la duda. Por favor puntúame la respuesta: ES MUY IMPORTANTE. Gracias y un saludo. FULMA

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