Deje de cobrar lo pactado en el acta de conciliación

En 2011 deje de trabajar acumulando una deuda por parte de mi jefe de mas de 8000 euros entre finiquito y salario, mi jefe dijo que me pagaría así que espere unos meses, pero al ver que no lo hacia decidí ir a un abogado e hicimos un acta de conciliación al cual acudió mi jefe y reconoció la deuda, comprometiéndose a pagarme 400 euros al mes hasta finalizar el adeudo, estuvo pagando de forma irregular (algunos mese no me pagaba) pero como mas o menos yo iba cobrando aceptaba sus escusas de que ese mes le iba mal las cosas, así estuvo casi todo el año pasado, pero a finales dejo de pagarme diciéndome que no tenia trabajo, que en abril de este año tenia que cobrar un dinero, total que llego dicho mes y tampoco me pago, hasta la fecha no he recibido ningún pago mas, las veces que le he llamado siempre me dice que esta esperando cobrar el dinero y el actualmente trabaja.

Me gustaría saber si puedo hacer algo para cobrar el dinero que me debe que debe ser unos 5000 euros y si el acta de conciliación caduca ya que han pasado bastantes meses desde que recibí el último pago.

Por cierto el contrato lo tenia a nombre de su mujer la cual acudió también al acta de conciliación

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Debes solicitar en el Juzgado de lo social la ejecución del acta de conciliación que la empresa no cumple.

Si no paga tras el requerimiento entonces se procederá al embargo por parte del Juez para garantizar que te pague lo que te adeuda.

Laborser

gracias por la contestacion, el acta de cociliacion caduca en algun momento o podria reclamar aunque no me pagase en un año?

El plazo para solicitar la ejecución es de un año desde que se produjo el incumplimiento.

Artículo 68 de la Ley de procedimiento laboral:

Lo acordado en conciliación o en mediación constituirá título para iniciar acciones ejecutivas sin necesidad de ratificación ante el juez o tribunal, y podrá llevarse a efecto por los trámites previstos en el Libro Cuarto de esta Ley.

Artículo 243 de la Ley de procedimiento laboral:

En todo caso, el plazo para reclamar el cumplimiento de las obligaciones de entregar sumas de dinero será de un año.

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