Irpf

Hola
Me gustaría saber lo siguiente:
Me acaban de hacer un contrato temporal por un año exacto de duración y tengo un redto. Bruto mes de 1987 euros, ¿me pueden practicar una retención de un 2%?, por que me están aplicando un 11% y tengo entendido que con un contrato de un año es solo un 2, y por último ¿puedo pedirles que me apliquen ese 2%?, ¿Qué problemas les puedo causar con ello?
Gracias

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El tipo de retención del 2% sólo se aplica en las relaciones laborales de duración INFERIOR A UN AÑO.
En tu caso se trata de una duración de 1 año, por lo que, legalmente, la empresa está obligada a retenerte siguiendo el régimen general.
No es posible para la empresa rebajar el tipo de cotización puesto que Hacienda no lo permite.

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