Exención iva

Somos una Fundación cuyo objeto social es la integración socio-laboral de personas con discapacidad.Una de nuestras actividades es una Imprenta donde trabajarán las personas discapacitadas. Mi preguntas es ¿podemos solicitar el Reconocimiento de Carácter Social? Y, los productos que se realicen en la imprenta y que luego vendamos a nuestros clientes -principalmente administraciones públicas, asociaciones, hermandades...- ¿Estaríamos exentos de cobrar iva por ellos? Muchas gracias.

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<%=Texto%>aunque tuvierais la condición de entidad exenta, sería para lo contemplado en el Artº 20-1-26º de la Ley de IVA que dice" LOS SERVICIOS PROFESIONALES, INCLUIDOS AQUELLOS CUYA CONTRAPRESTACIÓN CONSISTA EN DERECHOS DE AUTOR, PRESTADOS POR ARTISTAS PLÁTICOS, ECRITORES, COLABORADORES LITERARIOS, GRÁFICOS Y FOTOGRÁFICOS DE PERIÓDICOS Y REVISTAS, COMPOSITORES MUSICALES, AUTORES DE OBRAS TEATRALES Y DE ARGUMENTO, ADAPTACIÓN, GUIÓN Y DIÁLOGOS DE LAS OBRAS AUDIOVISUALES, TRADUCTORES Y ADAPTADORES ".
Como veis vosotros no estáis incluidos en ninguno de las actividades recogidas.
Podéis aplicar el tipo superreducido cunado por ejemplo una editorial os traiga para imprimir un libro, hacer apuntes encuadernados etc. Pero los demás trabajos: facturas, catálogos, impresos, libros de feria, etc, esos van al 16 %.
Espero haberte ayudado, por favor no olvides puntuar, es muy importante.

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