Posible cambio de epígrafe iae

Soy fcares de nuevo.
Una duda. Caso de una compañera que esta en el mismo caso que yo como diseñadora gráfica, pero ya dada de alta en el 399, de profesionales. ¿Es posible que se cambie al 474.1, pues le compensaría mucho más módulos, si en hacienda lo permiten?
¿Sería darse de baja y de alta de nuevo, piden en hacienda algún justificante de cambio de actividad?
¿Hay algún periodo para hacerlo y entra uno en módulos directamente?

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Con las pegas que ya te comenté antes, si te admiten en Hacienda no hay problema para cambiar de actividad, tan sólo debes presentar una baja y un alta (ignoro si se puede presentar sólo una modificación).
Sería presentar la baja de la actividad 399 y el alta en el epígrafe 474.1
Hacienda no te exige certificados ni nada por el estilo. Pero puede ocurrir que en un futuro exista una inspección y tengas problemas por haber calculado los impuestos por módulos sin tener derecho a ello.
Como se trata de dos actividades diferentes, al hacer la baja en la actividad 399 habría que cerrar la contabiidad de ese año y finiquitar la empresa.
Con el alta en la actividad 474.1 habría que empezar de nuevo desde cero en el momento del alta.
Para solicitar el uso de los módulos es necesario presentar el alta censal (modelo 036). En este caso sería necesario, primero presentar la baja de la actividad 399 y luego el alta de la actividad 474.1 pidiendo expresamente tributar por módulos. Se empieza a tributar por módulos desde el primer momento.
Resumiendo:
Baja en la actividad 399:
- Modelo 840 (IAE)
- Modelo 036 (Baja censal)
- Fin de la contabilidad y cierre de la empresa
Alta en la actividad 474.1:
- Modelo 840 (IAE)
- Modelo 036 (Alta Censal y opción por el régimen de módulos)
- Inicio de la actividad, apertura de la contabilidad,...
Puede que sea necesario comunicar en la Tesorería General de la Seguridad Social el hecho de que se ha cambiado de actividad.
Un saludo, espero haber podido resolver tu duda. No olvides puntuar la respuesta.

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