Impuesto actividades económicas

Soy autónomo, encuadrado en epígrafe de informática (profesional), ¿estoy obligado a I.A.E.? ¿Es qué no tengo nada claro el tema del I.A.E. Tengo que presentar algo más aparte de 036? ¿Pagar algo?
Me dedico a crear webs, mantenimiento de las mismas, mantenimiento de equipos informáticos, y ahora voy a pasar también a comprar ordenadores para vendérselos a clientes, ¿tengo qué modificar el 036 y añadir el epígrafe que corresponda a esa nueva actividad no?
Y por último, en los próximos meses voy a crear una C.B. Junto con otro socio, ¿cómo estaría en este caso el tema del I.A.E.?
Muchas gracias, la verdad es que me ha venido todo encima y estoy un poco atacado.
Un saludo,
ÁNGEL

1 Respuesta

Respuesta
1
Respecto al IAE debe darse de alta y presentar la declaración correspondiente pero está exento del pago del impuesto.
Sí, debe añadir la nueva actividad y deberá prestar atención a las posibles modificaciones que deban operarse en el régimen tributario.
El IAE de la CB deberá ser dado de alta en la CB al igual que lo tenía como autónomo y seguirá estando exento del pago del mismo ya que estaría sujeto a las características que le eximen del pago del impuesto pero no de su alta censal.
Sl iniciarse la C.B. debería darm de baja como pers. física en el 036?
En la C.B. me juntaré con un socio, debe darse de alta en el 036-¿037 y luego el alta para la C.B.?
No, ya que los miembros de la CB deben estar dados de alta como autónomos y por tanto deben tener su propia declaración censal.
Su socio deberá darse de alta con su propia declaración censal y posteriormente deberán dar de alta ambos la CB.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas