Contabilidad

En una contabilidad quedo sin contabilizar la reserva legal del 2003 y la del 2004, ¿cómo puedo solucionar esto si solo puedo modificar la del 2004? Y es obligatorio.
Muchas gracias

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En principio, siempre que exista un reparto de dividendo habrá que dotar algo a la reserva legal.
Dado que en 2003 la reserva no se incluyó, podéis regularizar esa situación en 2004, siempre y cuando la reserva no supere el 10% del capital social.
Además de esto debes estar a lo que digan los estatutos, ya que puede que allí se disponga algo sobre las reservas estatutarias.

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