Compra de un vehículo

Al comprar un elemento de transporte la contabilización de la compra se hacerla, lo que no se si el importe de la factura lo he de adecuar a lo que rigen las tablas de amortización de Hacienda. Es decir, hacer figurar el vehículo en la 228.0 por el 50% de su valor real, y por tanto con ello reducir el importe de la compra y del IVA soportado.
O por el contrario, la compra la contabilizo con los datos de la factura y los coeficientes de amortización los tengo en cuenta unicamente para las cuentas 282.0 y 682.0
Respuesta
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En principio, si contabilizas por el 50% del vehículo es porque la empresa utilizará ese porcentaje para sus labores y el resto a titulo personal de alguno de los socios.
En ese caso, deberás contabilizar la mitad para todo, es decir, mitad a la 228 y mitad del I.V.A. a la 472.
Ahora bien, no debes olvidar que a la hora de rellenar el modelo del I.V.A. tendrás que rellenar la cuota entera, pero en la casilla de % correspondiente a la Administración, deberás hacer el cálculo entre la base deducible y la base total.
Respecto de los coeficientes de amortización aprobados por Hacienda, tales coeficientes se utilizan en el caso de que la empresa opte por la libertad de amortización para hacer los ajustes permanentes en el cálculo del Impuesto de Sociedades.
Esto no quiere decir, que tengas que poner esas mismas amortizaciones en la contabilidad. Tu respeta los periodos de vida útil y luego cuando tengas que calcular el impuesto haces las modificaciones que sean para hallar la cuota.

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