Yamovil y contrato de Comisión de venta.

Es mi tercera pregunta en el foro, las otras dos me las habéis resuelto de maravilla así que gracias de antemano.
Perdonar si no es aquí donde poner la pregunta pero no he encontrado donde.
Bueno pues mi pregunta es la siguiente, he vendido a Yamovil un vehículo el día 18 de Septiembre y firmamos un contrato de comisión de venta, ¿qué cumple el 1 de Octubre indicando que me pagarían 2000?, bueno pues ahora después de una semana me dicen que no les interesa porque tienen que hacerle cosillas y tiene muchos Km, cuando lo probaron y los Km son los mismos que cuando lo entregué, ¿encima perdiendo un comprador que se lo el día que lo deje le dije que por menos de 2000? No se lo daba por que se lo vendía a un compañero por ese dinero. ¿Qué pasará cuando cumpla el contrato?, ¿No tengo derecho a nada?, encima estoy perdiendo dinero por cada día que pasa.

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Habría que analizar el texto del contrato para conocer las clausulas que puedan haberse firmado en el mismo, comprobar que son apropiadas y que no son ilegales y posteriormente si es necesario reclamar por incumplimiento de contrato las cantidades comprometidas contractualmente.
Aquí puedes ver el contrato por detrás no tiene escrito nada.
http://yfrog.com/55contrato001j
Por de pronto existen algunos aspectos que debe de tener en cuenta:
a) En primer lugar NO ha vendido el vehículo. Un contrato en comisión de venta no implica la transmisión de la propiedad sino el hecho de que la compañía actúe como intermediario del propietario y exponga el vehículo para conseguir la venta del mismo a cambio de una comisión así como de la cantidad resultante pactada que la compañía y el propietario han pactado.
b) El contrato vincula a las partes desde la fecha de inicio del contrato hasta la fecha final indicada (25 de sep 2010) que es la fecha tope pasada la cual deberían:
    B1) Formalizar un nuevo contrato de prórroga del anterior.
    B2) Devolver el vehículo al legítimo propietario.
Por tanto, al no tratarse de una compra venta sino de una intermediación firmada y de acuerdo a las estipulaciones no tiene derecho a reclamar absolutamente nada por cuanto como le indico no existe una transferencia de propiedad que vencido el plazo del contrato no es vinculante ni para vd., ni para ellos. Así mismo, tampoco tienen la obligación de renovar el plazo.
Lo que pasa es que yo también firme un papel para la transferencia, lo que pasa es que no me dieron ningún papel.
En su caso, la firma de la transferencia forma parte del clausulado de facilitar por todos los medios la venta del vehículo ya que la transferencia de nombre está vinculada al contrato y por ello no pueden hacer uso de la misma sin su consentimiento salvo que se venda el vehículo.
Por tanto, no existe una vinculación de compra/venta - lo siento.

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