Contrato de compra

No se si lo que les voy a preguntar se suele hacer, pero lo que yo quiero es: proponerle a una empresa comercializar sus productos en mi provincia mediante la compra de éstos por mi parte.
La cuestión es que quiero aplazar el pago de los productos 60 días y una clausula en la que la empresa se comprometa a recogerme estos productos y devolverme el dinero, en el caso de que yo no pudiera darles salida.
Éstas condiciones sólo para el primer año de colaboración.
¿Se puede hacer? ¿Cómo sería el contrato?

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Entiendo que su situación de partida es excesivamente pretenciosa ya que es vd., el interesado en la venta de unos determinados productos y la empresa es interesada en venderlos. La empresa, al venderle a vd., los productos ya cubre su necesidad que quedaría en agua de borrajas si debiera comprometerse en la recogida de los mismos en caso de que no se vendan (esa fuerza la tienen los supermercados y las grandes superficies porque la venta en grandes volúmenes interesa a las empresas pero al detalle no es muy interesante).
Para poder tener una visión más clara de las posibilidades que tiene de conseguirlo habría que tratar el sector y el volumen de previsiones.
Por otro lado, conseguir pago aplazado a 60 días (que es el máximo que permite la nueva ley anti - morosidad) con una clausula además de pérdida de lo vendido en caso de recogida creo que es una petición excesiva que sólo aceptaría una empresa desesperada y ni aún así ya que no pueden afianzar el cobro más que por vía judicial en caso de que no pague o haciéndole firmar documentos de compromiso de pago que tengan un aval relacionado con un bien inmueble.
Otro punto contrario a esa posible relación comercial sería por imagen de empresa - las empresas crean un producto con un pvp recomendado, al perder el control del precio de venta final puede dar mala imagen del producto y muchas no lo consentirían (menos con la actual competencia que existen en el mercado).
Por tanto, es preferible que se plantee inicialmente la figura del comisionista y que deje para más adelante (cuando haya demostrado su fuerza de ventas y pueda argumentar a su favor con resultados previos) esa posibilidad.
Por poder hacerse se podría realizar con un contrato de distribución comercial con los diferentes acuerdos redactados pero ya le digo que es una aguja en un pajar (al menos si yo fuera el responsable no firmaría jamás ese tipo de acuerdo salvo que estuviera desesperado).
C/ Tarragona, 97 2º Oficina 2 - 08020 - El Prat de Llobregat (Barcelona).
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