Consulta sobre el pago de un Master

Os pongo en antecedentes, por diferencias con la presidencia de la empresa en la que trabajaba como Subdirector fui despedido, de esto hace tres meses, en ese momento del Director General al que me une una gran relación y considerando injusto esa situación acordó conmigo el seguir abonando un Master en Dirección de Empresas que estoy recibiendo pagado por la empresa.
¿Este Master valorado en aprox. 12.000? Se podía pagar de la siguiente manera:
Íntegramente al inicio del Master o por pagos fraccionados un pago de 4.500 euros y 9 de 935, la empresa eligió esta forma de pago.
El Master comenzó en octubre, yo fui despedido en febrero, por tanto quedaban 4 mensualidades de pagar.
La situación es esta, hace unas horas se ha puesto en contacto conmigo la universidad que imparte este Master indicándome que habían recibido las instrucciones de la empresa de dejar de pasar los recibos a ella y acordar conmigo el pago de los dos meses restantes.
Mis preguntas son las siguientes:
¿Esto es legal?
¿Quien está obligado a cumplir con el compromiso adquirido con el pago del casi 85% del importe, la empresa o yo.?
Se puede hacer esto tres meses después de mi despido y habiendo mediado 2 cuotas abonadas. ¿Qué me recomendáis hacer?

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Desafortunadamente para ti, la situación que mencionas es completamente legal porque las condiciones de apoyo al estudio y capacitación para los funcionarios de cualquier empresa, presupone la permanencia de la persona por el tiempo en que se capacite e incluso un tiempo adicional después de haber finalizado sus estudios, para que la empresa pueda recibir retribución profesional por el subsidio o ayuda económica generada.
En la mayoría de los casos, las empresas hacen firmar a los funcionarios que apoyan con formación profesional una clausula de permanencia por un tiempo igual al que dedico a sus estudios, después de que haya terminado su ciclo educativo. No obstante y en el evento que no te hayan hecho firmar una clausula de este tipo, NO tiene la empresa ninguna obligación posterior con sus ex-empleados, que el de pagar las prestaciones sociales y de ley, al momento de su retiro.
En la práctica, algunas veces se dan casos como el tuyo, en el que las empresas inicialmente deciden sostener (después del retiro del funcionario) algunos de los beneficios extralegales. No obstante, si no existe ningún papel firmado por la empresa en que se comprometa a pagar tus estudios en cualquier tiempo (incluso después de tu desvinculación) entonces no tienes argumentos legales para obligarlos a que finalicen con su compromiso inicial.
Con respecto a la Universidad, tienes 3 opciones. La primera es abandonar tus estudios sin que la Universidad pueda exigir ningún pago de tu parte, dado que el compromiso inicial de cubrir los costos en que incurrieran, no fue asumido por ti, sino por la empresa a la que perteneciste.
La segunda opción es seguir pagando de tu bolsillo, el faltante que a la fecha exista para poder finalizar tus estudios.
La tercera opción (en caso que la segunda no sea posible) es ir a la universidad, comentar tu caso, y tratar de optar por alguna beca, o por los menos por una refinanciación del saldo existente a la fecha, de tal forma que de pronto te puedan extender el saldo a la fecha a 6, 12 ó 18 meses (obviamente el plazo debes sugerirlo de acuerdo con tu capacidad de pago).
No recibes de mi las mejores noticias, pero tu caso es de aquellos en los cuales la justicia no favorece a la persona inocente de la situación.
Mucha suerte y trata de lograr esa beca ó ayuda financiera de la Universidad.
Agradezco tu evaluación a esta respuesta.
Hasta pronto,
Beimar Castro.

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