Empresa promotora

Me gustaría saber si existe alguna posibilidad de que una persona física promotora pueda vender un edificio que ha construido no como mercadería sino como un elemento del inmovilizado para que la ganancia patrimonial se pueda compensar con perdidas patrimoniales de venta de acciones.

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1
Unicamente si vendes un edificio tienes una ganancia patrimonial si lo adquiriste (el terreno) hace más de un año, de no ser así, será considerado rendimientos inmobiliarios.
Tienes que tener en cuenta, que las acciones que tienen dicha pérdida, las tienes que tener también desde hace más de un año, por la misma razón.
Un saludo
Carlosdemi
He dicho

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