Hasta 7.743€ al año, no se considera propiamente un "negocio" o actividad económica, ya que se supone que no supera el Salario mínimo interprofesional (SMI) (645€/mes), y se supone que es un sueldo de subsistencia.
Como en tu caso, ya estás trabajando, se supone que los ingresos que obtengas, los juntarás con lo que obtienes de tu trabajo ordinario y el banco ya te hace la oportuna retención respecto al saldo de tu cuenta... con lo cuál, eso será lo que tributes por esos ingresos extras que obtienes y en la declaración de la renta, ya te aplicarán los cargos que correspondan por tus ingresos... Pero no pienses que si superas el limite de los 8000€ no se van a dar cuenta... Ellos ya supondrán que tienes otra actividad y cuánto te reporta, puesto que saben cuanto te paga tu empresa y cuánto ingresas al final del mes en el banco
A partir de esos 7743€, SI que tendrías que registrar tu actividad y darte de alta como autónomo, aunque estés asalariado en otra empresa.
Aquí también te indico que puedes darte de alta por horas, por lo que quizás, si tus ingresos no van a ser excesivos, podrías darte de alta por 4 horas o por 6 horas, por ejemplo... (esto solo es válido para la estimación objetiva (o módulos) y ellos te calcularán lo que debes de pagar...
Un saludo y espero haberte aclarado tus dudas...