Ayuda a compra de vivienda

A mi hermano le ha sido concedida una ayuda de Ministerio de Fomento a través de la Junta de Andalucía para compra de una vivienda de renta libre, como la solicitó con escrituras ahora tiene que cancelar la hipoteca que hizo (¿de 75.000?) Y hacer dos nuevas una del préstamo cualificado (¿de unos 58.000?) Y la otra de lo que le falta, ¿unos 17.000?, ¿Aunque cómo quiere hacerle una reforma a la vivienda va a ver si es posible que sea de 45.000?. Mi pregunta es:
2. ¿Es posible que el segundo préstamo sea de unos 45.000?
1. A la hora de hacer la declaración de la renta ¿es desgravable éste segundo préstamo? ¿Ya se que nunca se va a poder desgravar más de 73.600? +Gastos, que fue lo que le costó la vivienda, pero es mejor comenzar a desgravarse el segundo préstamo y después el cualificado.
Gracias por anticipado por la molestia y el tiempo dedicado

3 respuestas

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Es posible deducirse del préstamo entre familiares en el caso de que tu hermano esté incluido en el mismo y sólo por la parte proporcional del crédito pagado por él
Es decir, si sois 4 personas, de las cantidades pagadas durante el año, tu hermano se puede deducir el 25% y siempre que él esté incluido como coprestatario del préstamo.
Muchas gracias
Muchas gracias, permítame una aclaración, ¿hemos pensado hacer el préstamo de 45.000? Entre familiares para que le salga más económico y para lo que haríamos un contrato que sellaríamos en Hacienda en el mes de abril o mayo. La compra la hizo en enero de 2.005 y la cancelación del primer préstamo y constitución del préstamo cualificado y entre familiares lo haría en abril o mayo. ¿Tendría problemas después a la hora de desgravar el préstamo entre familiares, por eso de haberlo hecho 3 o 4 meses después de la compra? Muchas gracias.
El limite máximo de la desgravación es 73600 euros que es el precio que consta en la Escritura Publica de compra. Debe anualmente calcular cuanto paga de hipotecas (sumando las dos) y teniendo en cuenta los limites que Hacienda pone de 9015 euros, deducirse lo que le corresponda, de manera que cuando pasen los años llegue al precio de 73600 euros y se terminará las posibilidades de desgravación.
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<%=Texto%>como biern dices si la casa le costó 73600+ gastos, eso será lo maximo que se podrá desgravar y del que se podrá desgravar anualmente , PERO EL SEGUNDO PRESTAMO si no fué para ampliación de la superficie habitable de la casa ( cerrar terrazas, patios, o rehabilitación NO REFORMAS) NO SE LO PUEDE DESGRAVAR BAJO NINGUN CONCEPTO.
Espero haberte ayudado. Por favor puntúa la respuesta: ES MUY IMPORTANTE.
<%=Texto%>NO HAY PROBLEMA EN LAS FECHAS, lo que si tiene que quedar claro es que el TOTAL DE LAS CANTIDADES PAGADAS EN EL AÑO, sea cual sea el tipo de préstamo por el que las pague o de los dos, es la cantidad que se puede desgravar con el máximo de 9.015,18 euros.
Espero haberte aclarado la duda. Por favor puntúame la respuesta. Es muy importante.
Respuesta
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La financiación de 58.000 es porque el préstamo cualificado sólo cubre el 80% del precio de venta de la vivienda. Si quieres luego otra por 45.000 en vez de 17.000 ya lo tienes que negociar directamente con el Banco. Pero recuerda que aunque sea de renta libre tiene una tasación que ningún banco superará (con las 2 hipotecas). El tema de la renta es un tema fiscal del cual no te puedo ayudar.

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