Buenas resulta que dispongo de 2 pisos, que los quiero alquilar, ¿y me he enterado del tema este de los 6.000? De subvención me gustaría me explicaras un poco las condiciones. Un saludo y gracias.
La subvención que mencionas está dentro de las medidas del plan estatal de vivienda 2005-2008. Esta en concreto es para potenciar el alquiler de pisos vacíos. Las ayudas van destinadas a propietarios de viviendas libres para arrendarlas. Pueden socilitar la ayuda los propietarios de viviendas libres con una superficie útil máxima de la vivienda de 120 m². Además, debe haber un arrendamiento (directamente o mediante cesión) por un período mínimo de 5 años. La renta máxima que el propietario recibe del pago del alquiler anualmente debe ser el 5,5% precio legal de referencia.(Esta cantidad se determinará aplicando a una superficie útil que no podrá exceder de 90 m2, el precio máximo legal de referencia de las viviendas protegidas de nueva construcción para arrendamiento de renta concertada.) Se pone en marcha para subvencionar al propietario los gastos para asegurar contra posibles impagos y desperfectos (el propietario podrá, renunciar a formalizar dichos aseguramientos, lo que habrá de certificar expresamente). Cuantía: 6.¿000?. Aparte las Comunidades Autónomas o Ciudades de Ceuta y Melilla pueden poner otros requisitos. La tramitación la lleva a cabo la Comunidad o Ciudad Autónoma en la que esté situada la vivienda, la comunidad es la que efectúa el reconocimiento del derecho a recibir esta subvención, que deberá solicitarse en el órgano competente en materia de vivienda de cada una de ellas, conforme al procedimiento que establezcan. Si no deseas más aclaraciones a este respecto.