Vivir en un loft

He comprado un loft en suelo industrial en el cual voy a vivir. En una de tus respuestas hablas de que deben tener la cedula de habitabilidad. En la ciudad donde yo vivo, madrid, la cedula de habitabilidad es sustituida por la licencia de primera ocupación. Para estos lofts nos la van a dar y no es más que un documento que acredita que lo que estaba proyectado se ha llevado a cabo. En esta respuesta dices que sin la cedula no puedes contratar los suministros y mi pregunta es ¿es qué un local, así viene en las escrituras, no puede contratar los suministros? Que yo sepa un local de una persona puede contratar los suministros y no tiene la cedula.

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Vamos a ver, los locales si pueden darse de alta de los suministros, pero no están habilitados para VIVIR, para ello tendrías que solicitar un cambio de uso. No se si me entiendes lo que quiero decirte. Si tu decides vivir en un local pues perfecto, pero el día de mañana a la hora de venderlo tienes que tener muy claro que no es una vivienda sino un LOCAL, por lo que las tasaciones serán más bajas y el valor de la financiación que ofrezcan las entidades bancarias también.
En la comunidad de Madrid tienes razón, la cédula es sustituida por la Licencia de primera ocupación, pero te la darán para LOCAL no para VIVIENDA.
Hola de nuevo. Si me has aclarado muy bien lo de que si se pueden contratar los suministros y es eso lo que quería saber. Te comento que lo del cambio de uso va a ser imposible a no ser que recalifiquen el terreno.Si ya se que si lo vendo sera como un local y si están habilitados para vivir, entendiendo como habilitados que tengan todas las condiciones de una vivienda, otra coasa es que no se pueda vivir pero por motivos burocráticos o legales.
Ahora te pregunto. ¿Con esa licencia de primera ocup es suficiente para contratar los suministros o hace falta alguna otra cosa?
Un saludo
En principio si en Madrid no existe la cedula de habitabilidad, para la contratación del agua necesitarás el boletín y la licencia de ocupación. (Siempre que sea un nuevo suministro. Si lo que quieres es cambiar de nombre en principio no necesitarías nada).
Para la luz también necesitas el boletín del electricista, y en principio la licencia de ocupación no te la tendrían que pedir. También es para un alta nueva. Lo que no se explicarte es la potencia, porque no se si tendrás una instalación normal o una de alta potencia (fuerza) para local. Lógicamente si puedes contrata la primera porque la segunda te saldrá mucho más cara.
Para conseguir los boletines tendrás que acercarte a un PUNTO de SERVICIO que suelen tener instaladores que ya van para el agua y la luz a la vez, y ellos te explicarán lo de la potencia del contador de la luz. (Si no conoces ninguno, llama a las compañías y ellos te facilitarán el más cercano a tu domicilio)
Las altas las puedes hacer por teléfono, cuando tengas los boletines en tu poder. Tu DNI y nº de cta/Bancaria para domiciliar los recibos.
Informate que existen unos números 900 que son gratuitos, o también los PUNTOS de SERVICIO se encargan de hacer las altas en las dos compañías.
Y si lo pones todo eléctrico no necesitaras darte de alta del butano.
Muy bien me has resultado de gran ayuda.si eso de los boletines ya me lo habían comentado y creo que me los va a dar la promotora.
Un saludo

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