Creo que en su caso, tienen la opción de solicitar y acogerse a la ley de dependencia. Esta, supone una ayuda económica en función del grado de dependencia que le otorguen a su madre, o bien una ayuda gratuita, en forma de asistenta o asistente que a diario la ayudará, a elegír entre estas dos posibilidades. Puede informarse y hacer los trámites en una oficina del INSS (Instituto de la seguridad Social) de su localidad, telefónicamente, o acudiendo a la propia oficina.
<a>http://www.seg-social.es/Internet_1/Oficinas/Listado/index.htm?loc=3&Comu=C&Cod=08</a>
Matizar que la pensión que ya perciba su madre no obstaculiza una segunda pensión que pudieran otorgarle por dependencia.
Asimismo, en la Seguridad Social pueden informarle de otras prestaciones y servicios para personas jubiladas, son las siguientes
- Teleasistencia.
- Servicio doméstico: ayuda en las tareas cotidianas que se realizan en el hogar.
- Servicio de comidas a domicilio.
Si no desea acogerse a estas opciones, también puede contactar con servicios Sociales, donde también ofrecen ayuda a domicilio entre otros servicios (es el enlace en el mensaje anterior) Mucha suerte.