La verdad es que desconozco en buen grado el tiempo que demora la citación para el tribunal médico después de la baja (puede ser un año perfectamente y si se lo han dicho, así será).
Sobre el tema en sí, el tiempo que tarda en llegar la carta, suele oscilar entre cuatro y cinco meses y se supone que no debe nunca exceder de un plazo de tres meses, siendo los tres meses el tope legal para recibirla en toda la península excepto en tres provincias (vivo en Andalucia y en mi caso no recuerdo cuanto tardo ya que la recibí a principios de 1998, y aunque no haga una gran cantidad tiempo ya no lo recuerdo con exactitud, aseguraría que no llegó a los seis meses, pero tengo claro que sí fueron más de cuatro, el detalle es que en catorce años seguramente las normas habrán sido modificadas)
Puede leerlo en éste escrito
"El plazo máximo para dictar la resolución viene recogido en la normativa autonómica (véase el apartado Legislación de esta nota), la cual debe respetar en cualquier caso
el artículo 42 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre sobre el Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común. Por lo tanto el plazo fijado por la norma
autonómica nunca podrá exceder de seis meses, y cuando dicha
norma no fije plazo máximo, este será de tres meses contados
desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro
del órgano competente para su tramitación. Actualmente el
plazo máximo es de tres meses en toda España salvo en Aragón,
Castilla-La Mancha y Valencia, Comunidades Autónomas donde dicho
plazo es de seis meses."