Grado de discapacidad.

Quería hacerte una consulta,
En junio de 2013 sufrí una hemorragia cerebral en el mesencéfalo afectando la zona occipital.
A raíz de este accidente cerebro vascular, tengo algunas secuelas en la vista.
-Parálisis de la mirada conjugada.
-Nistagmus ojo derecho.
-Diplopia binocular.
La seguridad social me ha resuelto una incapacidad permanente total y en la resolución no viene grado de discapacidad.
He tramitado la petición de valoración y reconocimiento en la conselleria de bienestar social de Valencia y estoy a la espera.
Por ello, en base a lo expuesto anteriormente, me gustaría saber de forma aproximada que grado me darían de discapacidad.

2 Respuestas

Respuesta
2

Indicarle que incapacidad permanente y grado de discapacidad o minusvalía son conceptos relacionados pero diferenciados. Es decir, de un lado tenemos la incapacidad permanente, que es la que le han concedido por parte del INSS. Y de otro lado, tenemos la discapacidad, que no se la han reconocido aún, y que no es resuelta por el INSS, sino por el organismo autónomo competente, que es la Consejería de Igualdad y Bienestar Social. Por ello en la resolución del INSS de Incapacidad Permanente no le han resuelto grado de discapacidad o minusvalía alguno.

Para conocer el grado de discapacidad o minusvalía hay que estar a la espera de que la Consejería de Igualdad y Bienestar Social de la CV resuelva. Indicarle qué grado de minusvalía le van a reconocer es muy aventurado y no puedo decirle, puesto que el porcentaje que le reconozcan no va en función de criterios puramente legales, sino en función de la aplicación de un baremo (el establecido en el RD 1971/1999), en base a una serie de criterios médicos. Sí le puedo adelantar que no se conforme con un porcentaje irrisorio (algo inferior a mi juicio inferior al 33%), pues estamos hablando de lesiones serias con secuelas que quedan ahí. Para el caso de que el porcentaje que le reconocieran fuera insuficiente, le aconsejo que, por medio de abogado, recurra la resolución por medio de la llamada "reclamación previa a la vía jurisdiccional laboral" en el plazo de 30 días desde la notificación de la resolución.

Quedamos a su entera disposición para que, gratuitamente y sin compromiso, nos contacte en el 951 71 50 41 o en www.lariosabogados.es para cuanto necesite.

Un cordial saludo y mucha suerte.

Respuesta
-1

Si deseas curarte busca las curas. Es. Tl te ayudarán todo natural eso sí te vana cobrar pero te vana curar

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas