Normativa sobre I.L.T
Me gustaría saber si hay una legislación clara para las I.L.T en materia de horarios de estar en el domicilio y en materia de desplazamientos a otras provincias. Vivo a escasos 20 km del limite de la provincia y temo que al irme a dar una vuelta tenga algún problema legal (despido) si lo sobrepaso. Se que antes había que pedir permiso a la inspección para poder viajar hasta otra provincia y comunicar el motivo del desplazamiento. Mi baja es por depresión, llevo solo un mes, pero no me fio de la empresa (ya ha puesto a algún detective a alguno de mis compañeros) y no quiero incurrir en en algo que este fuera de dichas normas para estas situaciones. Me siento como la Cenicienta teniendo que ir a casa a las diez de la noche, lo cual me crea más estrés y angustia. ¿Podéis aclarármelo?
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