Donar órganos

Puede un menor (15 años) sacarse el carnet de donante de órganos en españa

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En la página web: www.donaciondeorganos.org se encuentra la siguiente información:
¿Qué requisitos se requieren para ser donante?
Hay varios requisitos que establece la ley, entre ellos:
- Querer ser donante.
- Tener entre 18 a 60 años.
- Ser una persona saludable física y mentalmente.
- Ser compatible con el donador (grupo sanguíneo, Rh, entre otros)
- Estar dispuesto y comprometido a realizarse una serie de exámenes antes de la operación, para documentar su buen estado de salud, así como entender la cirugía a la que se expone y a los riesgos implícitos de ésta.
- Contar con el tiempo para la hospitalización y el período de recuperación.
En caso de querer ser donante en el momento de su muerte, debe comunicarle la decisión a los familiares y amigos para que llegado el momento, ellos hagan respetar su voluntad expresada en vida.
Específicamente la ley en el capítulo 2, página 151, Artículo 25 establece lo siguiente:
"Para la donación de órganos, componentes anatómicos, y líquidos orgánicos por parte de una persona o sus deudos, deberá cumplir los siguientes requisitos:
Que la persona donante o los deudos responsables de la donación en el momento de expresar su voluntad, no sean menores de edad, excepto cuando se trate de trasplantes de médula ósea y no estén privados de libertad, en ambos casos, la donación será procedente si se hace en beneficio de parientes hasta el 4to grado de consanguinidad y segundo de afinidad.
Que, sin perjuicio de los derechos que esta ley confiere a los donantes, no exista compensación económica ni en dinero ni en especie por los componentes anatómicos donados.
Que la donación se haga en forma voluntaria, libre y consciente, evitando toda presión, sutileza y observaciones tendenciosas.
Que la persona donante o los deudos responsables de la donación estén en pleno uso de sus facultades mentales."
Adicionalmente, el Artículo 26 establece lo siguiente:
"Para su validez, la donación de órganos y demás componentes anatómicos, como la oposición que se haga en ejercicio del derecho consagrado en el numeral 12 del Artículo 1 de la presente Ley, deberá ser expresada por uno de los siguientes medios:
Escritura pública.
Documento privado, autenticado.
Documento privado; suscrito ante dos testigos hábiles.
Si la persona no hubiese dispuesto en vida la donación, sus deudos podrán hacerla de conformidad con los preceptos del Artículo 10 de esta Ley, sin perjuicio de la presunción legal de donación.
La voluntad manifestada por la persona donante en la forma señalada en el presente artículo, prevalecerá por sobre el parecer contrario de sus deudos o de cualquier otra persona."

De todos modos, tu todavía esta creciendo, no se si es una buena idea donar órganos a esta edad.
A no ser que un familiar tuyo necesita órganos urgentemente, yo esperaría.
Yo tengo una tarjeta de donante que significa que si muero, mis órganos serán donados.

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