Duda con divorcio.
Mis padres están con los papeles del divorcio, y leyéndolos me ha surgido una duda.
Le resumo brevemente la situación: mis padres llevan separados 3 años y mi padre ha empezado a convivir con otra persona en el piso donde vivimos siempre mis padres, mi hermano y yo. Por miedo a que nos quedemos mi hermano y yo sin casa debido a que el vuelva a casarse, que parece que es la intención que tiene, o tenga más descendencia, mi madre le dijo que firmaría el divorcio siempre y cuando el dejara donada la casa a mi hermano y yo. Ahí es donde tengo la duda, ya que esto leyendo lo siguiente:
Don ---------- dona a cada uno de sus hijas la nuda propiedad de la finca descrita, correspondiéndole a cada uno de ellos el 50% de la nuda propiedad del inmueble, reservándose el donante el usufructo del mismo, el cual tendrá carácter conjunto, simultáneo y sucesivo y no se extinguirá hasta el fallecimiento del donante, consolidándose entonces la nuda propiedad donada.
Bien, yo entiendo que mi padre tiene el usufructo de la casa, es decir, la disfruta el hasta que se muera, y que una vez que fallezca, ya sí podríamos disfrutarla mi hermano y yo; pero, ¿qué quiere decir: "el cual tendrá carácter conjunto, simultáneo y sucesivo y no se extinguirá hasta el fallecimiento del donante, consolidándose entonces la nuda propiedad donada."
¿Está beneficiando a su pareja actual en caso de casarse o tener hijos?