Baja y jubilación

Mi madre hace 4 meses que está de baja por la Seguridad Social por tendinitis y desgaste de hueso, ha hecho rehabilitación y ha pasado por inspección médica; le dijeron que vuelva al traumatólogo...
En febrero cumple los 65 años y se jubila, pero no ha cotizado los 15 años necesarios.
Mi pregunta es... Una vez jubilada, cuando pase por tribunal médico otra vez, ¿tiene opción a que le den alguna incapacidad o cabe la posibilidad de que le quede alguna paga al estar de baja?
No se si la información que doy es suficiente.

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Tendrán derecho a las prestaciones de incapacidad permanente, por contingencias comunes, las personas que, reuniendo las condiciones exigidas, sean declaradas en tal situación cuando en la fecha del hecho causante tengan cumplidos 65 años y no reúnan todos los requisitos para acceder a la pensión de jubilación en el sistema de la Seguridad Social. En estos casos, la cuantía será equivalente al resultado de aplicar a la correspondiente base reguladora el porcentaje que corresponda al período mínimo de cotización que esté establecido, en cada momento, para el acceso a la pensión de jubilación. Actualmente ese porcentaje es del 50%.

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