Invalidez y jubilación

Mi madre está de baja por contingencias comunes y desde la inspección de trabajo han gestionado la invalidez (el próximo día 6 tiene la cita). Hemos presentado en la Seg. Social toda la documentación que nos solicitaron y mi duda es la siguiente:
El subsidio que cobrará por la invalidez se convertirá en jubilación cuando cumpla los 65 (ahora tiene 62)o esa cantidad (o el concepto)no se modificará. Lo pregunto porque el medico de la inspección de trabajo nos comentó que le iba a quedar muy poca pensión aunque como no puede seguir
Trabajando no le queda otra opción que aceptar lo que le den. Pero tenemos la esperanza de que a los 65 se convierta en jubilación y sea un poco más.
Nota: ha estado como auxiliar de empresa de conservas con contrato fijo-discontinuo y cotizados tiene unos 19 años (aunque ha estado trabajando muchísimos más, aunque antes le no cotizaban)

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A tu madre, si le dan la pensión de incapacidad, por lo que me dices, será en grado de total, y que supone un 55% de la base reguladora. Como tu madre tiene más de 55 años, y supongo que cumplirá el requisito de "tener dificultad para obtener nuevo empleo", le reconocerán una pensión de invalidez total "cualificada" que es de un 75% de la base reguladora.
Esta pensión cuando cumpla los 65 años, con el mismo importe que venga cobrando se redenomina a pensión de jubiliación. Aun así, si tu madre lo desea, podrá solicitar en ese momento la pensión de jubilación, y si fuese más favorable se la reconocen y declaran incompatible la de invalidez, quedándose solamente con la nueva pensión de jubilación.
De todos modos, si me dices que tiene cotizados 19 años le corresponderá un 62% de la base reguladora, por lo que no creo que le interese más la pensión de jubilación.

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