Implicaciones de un trajado a media jornada

Me ofrecen un trabajo a media jornada y me gustaría saber las implicaciones que tiene en materia de seguridad social, bajas por enfermedad etc.
Hasta ahora llevo trabajando 7 años a jornada completa, ¿si ahora cambio de empresa y trabajo a media jornada que cantidad de paro cobraría? ¿Qué pasa con los años acumulados hasta ahora? ¿El paro sería del trabajo a media jornada o del anterior a jornada entera?

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Si te quedas en paro te consideran los 180 últimos días cotizados, con lo que te cogerían tanto las bases de los días a jornada completa como a tiempo parcial. Si trabajas todos los días, pero menos horas, los días cotizados son =que los trabajados, pero si trabajas por ejemplo 3 días a la semana, el Inem te aplica un coeficiente reductor, de forma que los días trabajados no son igual que los días cotizados.
Si coges una baja por IT, pues la prestación será en función de tu nueva base de cotización.
Otro problema es que de cara a la jubilación, los días cotizados nunca son igual que los trabajados, porque hacen un cálculo en función de las horas trabajadas, con lo que los años reales en los que estés de alta no coinciden con lo que la seguridad social te cuente como tiempo cotizado.
Muchas gracias por la respuesta.
Me surge otra duda:
Actualmente estoy trabajando a jornada entera pero por la crisis no veo un futuro muy alagueño en la empresa. Me gustaría saber tu opinión: ¿Acepto el trabajo a media jornada aun con las implicaciones que conlleva o espero a ver que pasa con la empresa actual y si llaga el caso de que me despiden por lo menos cobro el paro de jornada entera?
Otra pregunta referente a la jubilación: si dentro de los últimos 25años que cuentan (por la nueva ley) para la jubilación, ¿alguno de esos años has trabajado a 1/2 jornada (pongamos por ejemplo que estás 5 años de esos 25 trabajando todos los días pero 4 horas/día) te repercute esa 1/2 jornada para el cálculo de la cantidad a cobrar al jubilarte? ¿Cobrarías menos que si hubieras trabajado jornada completa aún teniendo más años cotizados de jornada completa?
Gracias de antemano
Sobre si debes aceptar el trabajo a media jornada o no, tú eres quien mejor puede decidir, las implicaciones de un contrato a tiempo parcial te las he comentado, debes valorar si los inconvenientes que tienen te compensa porque tu empresa actual creas vaya a despedir gente, o si prefieres esperar a ver que pasa.
Sobre el tema de la jubilación, hay que esperar a que publiquen la reforma laboral, pues todavía no ha aparecido en el BOE, y una vez publicada, habrá que estudiarla a fondo. Evidentemente, a día de hoy, y me imagino que tras la reforma igual, si tu contrato es a tiempo parcial tu base de cotización es menor, no es lo mismo cotizar 8 horas por 1000 euros que 4 por 500, pues si te jubilas, para la media te cogerán esas bases a tiempo parcial, con lo que la base reguladora será menor que si hubieras estado a tiempo completo. En principio, con la nueva ley, se tendrán en cuenta los 25 últimos años cotizados (simplificándolo un poco, sumarán las bases de cotización de esos años, lo dividirán entre 300 y sacaran la media).
Ten en cuenta, que si el contrato es a tiempo parcial, 5 años de alta, trabajando, no equivalen a 5 años cotizados, si estás a media jornada, equivaldrá aproximadamente a 2,5 años.

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