Mi marido cobra la ayuda de 426 E pero desde hace varios meses se acentúan más sus dolores de lumbago y de las piernas tiene varias vertebras tocadas debido a un accidente que tubo hace bastante años pero ahora que tiene 53 años se va notando más los dolores si el medico le da la baja pasaría acobrar por la seguridad social pero puede darse de baja cobrando la ayuda. Gracias
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Respuesta de josbian
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josbian, me gustan todos los temas de politica todo lo relacionado con la...
Si tu marido ya esta, cobrando el subsidio de desempleo (ayuda asistencial)puede coger la baja por enfermedad o accidente extra laboral, siempre que el medico se la conceda, si tu marido es menor de 52 años y el medico le concede la baja por enfermedad común, tu marido seguirá cobrando el subsidio¡O de desempleo por la misma cuantía durante todo el tiempo por el que tenga concedida la ayuda, una vez que haya finalizado el tiempo por el que tiene concedida la ayuda, aunque tu marido siga de baja no tiene derecho a percibir la prestación por incapacidad temporal porque no esta de alta o en situación de asimilada al alta en la seguridad social para ese tipo de prestaciones porque el INEM (SPEE ) durante el tiempo que tu marido a estado percibiendo la ayuda, solo ha cotizado a la seguridad social para cubrir los gastos de la asistencia sanitaria y farmacéutica pero no ha cotizado para cubrir las contingencias comunes de enfermedad común y accidente no laboral.. Pero si tu marido tiene 52 años y 1 día, tu marido puede seguir cobrando la ayuda durante todo el tiempo que dure la baja por enfermedad y cuando le den el alta medica seguirá cobrando la misma cuantía, porque el INEM cotiza a la seguridad social para cubrir tanto la asistencia sanitaria y farmacéutica como las contingencias de enfermedad común y accidente no laboral entre otras cosas, a los mayores de 52 años... no se te olvide finalizar la pregunta gracias de josbian..