¿Cuándo te concedieron la incapacidad permanente, en la resolución del INSS donde se declaraba la incapacidad para tu profesión habitual te indicaron si la IP era objeto de revisión por mejoría? Porque cuando en la resolución inicial de reconocimiento de la incapacidad permanente, se hace constar un plazo, igual o inferior a dos años, para poder instar la revisión por previsible mejoría del estado invalidante, el trabajador tiené derecho a la reserva de su puesto de trabajo, durante un período de dos años, a contar desde la fecha de la resolución en la que se declara la incapacidad permanente. Si antes de los dos años te cita el EVI para `pasar la revisión y te dan el alta por mejoría, la empresa tiene la obligación de readmitirte en el puesto de trabajo que tenias antes de producirse la incapacidad si no lo hace o te despide, entonces si podridas cobrar el paro que te corresponda por las cotizaciones acumuladas hasta ese momento, pero si el alta por mejoría te le hubieran dado después de trascurrido los dos años entonces no tendrías derecho a cobrar ni a reactivar el paro porque se habría extinguido el derecho a cobrar dicha prestación, pero si podrías tener derecho a cobrar un subsidio por revisión de una IP de 426 euros al mes durante 18 meses en 3 prorrogas de 6 meses.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno, pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta muchas gracias y un saludo..
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