Puedes solicitar un revisión por agravamiento en cualquier momento, siempre que puedas acreditar, mediante informes médicos, que realmente el agravamiento es real. Tienes que volver a presentar la solicitud marcado la casilla de revisión por agravamiento y adjuntar copias de los informes médicos que justifiquen tu solicitud de revisión. Si te han concedido la incapacidad permanente pero todavía no te han calificado el grado de la incapacidad, y estas convencido de que tu capacidad para realizar cualquier tipo de actividad laboral cada vez es muy reducida y por lo tanto consideras que la realización de cualquier tipo de trabajo te va suponer un sobre esfuerzo que no vas a poder realizar estas en tu derecho de solicitar una revisión por agravamiento para que el equipo de valoración de incapacidades(EVI) te concedan el grado de incapacidad absoluta, pero el echo de solicitar una revisión por agravamiento no implica que te vallan a dar el alta medica ni mucho menos si en la revisión no se constata una manifiesta mejoraría, pero antes de solicitarla deberías de asesorarte en el la dirección provincial del INSS o en la asesoría jurídica de algún abrogado particular o de oficio que puedes solicitar en el colegio de abogados situado en el juzgado de lo social de tu localidad,.Un saludo y buena suerte...
http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/34940.pdf