Cuando los agentes sociales que firmaron la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, también firmaron un acuerdo que contiene una garantía por la que los trabajadores que han perdido su empleo o tienen comprometida su salida próximamente puedan acceder a la jubilación con los requisitos de la legislación anterior a la reforma:Las personas cuya relación laboral se haya extinguido antes del 25 de marzo de 2011 Las personas con relación laboral suspendida o extinguida como consecuencia de decisiones adoptadas en expedientes de regulación de empleo, o por medio de convenios colectivos de cualquier modalidad y/o acuerdos colectivos de empresa, así como por decisiones adoptadas en procedimientos concursales, aprobados o suscritos con anterioridad al 25 de marzo de 2011, con independencia de que la extinción de la relación laboral se haya producido con anterioridad o posterioridad al 1º de enero de 2013. Quienes hayan accedido a la pensión de jubilación parcial con anterioridad al 25 de marzo de 2011.. Por lo tanto a ti se te aplicaría un coeficiente reductor del 6 por ciento porque tienes cotizados mas de 40 años y porque estas acogido a un ERE qués anterior a la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, de forma que si te jubilas a los 61 años por cada año que anticipes la jubilación respecto a la edad ordinaria que en tu caso seria la de los 65 años, te aplicarían un coeficiente reductor del 6 por ciento.. Espero que la respuesta te haya servido para resolver las dudas.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..