Devolución pensión fallecimiento pensionista

Agradezco de antemano la molestia por intentar resolver una duda que tengo.

Resulta que mi suegra tenía una deuda con la seguridad social de 1800 euros por haber cobrado de más unos meses de pensión de mi suegro y resulta que mi suegra ha fallecido a principios de mes, por lo que me gustaría saber si es posible si esa deuda queda extinguida a su muerte o la debemos pagar sus herederos.

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La deuda no se extingue tras la muerte de tu suegra, esto quiere decir, que pasa a sus herederos y éstos son los encargados de efectuar el pago. La Seguridad Social podrá dirigirse contra todos o contra cualquiera de ellos para recaudar esa deuda (tienes que tener en cuenta que también se traspasan los recargos e intereses, si los hubiera, de la deuda).

Ante esto tienes varias opciones:

1. Aceptar la herencia y pagar la deuda, que si sus bienes tienen más valor que la deuda, una vez pagada, se podrá disfrutar del resto del patrimonio.

2. Pagar la deuda con la herencia a beneficio de inventario. Así una vez pagado lo que se debía a la Seguridad Social con la propia herencia de la fallecida, podrás disfrutar de la herencia restante (esta es a mi juicio la más beneficiosa).

3. No pagar la deuda, por lo tanto renunciarías a la herencia.

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