Maternidad y baja autónoma

He cotizado 5 años por autónomos y ahora me he dado de baja. Cobraré la prestación de desempleo, poco unos 200€, por un trabajo a tiempo parcial que compatibilizaba con el trabajo autónomo. Me quiero quedar embarazada pronto y mi duda es que quisiera cobrar la baja por el regimen de autonomos, pues la base de cotización es unos 850€, pero no se como hacerlo. Es decir, si tendria que darme unos meses de alta en autonomo para poder tener derecho a la prestacion de maternidad por el regimen de autonomos o cuanto tiempo necesitaria para poder cobrarla con esta base de cotizacion.

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MiralLas mujeres trabajadoras inscritas en el Régimen Especial para Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social tienen derecho a recibir la prestación por maternidad. Para ello deben estar dadas de alta, al corriente del pago de las cuotas a la Seguridad Social y deben acreditar una cotización de 180 días dentro de los siete años inmediatamente anteriores al parto, o a las fechas para la que se constituya la adopción o el acogimiento familiar, o 360 días en toda la vida laboral. Si la madre es menor de 26 años estas cifras se reducen a 90 y 180 días respectivamente, mientras que si tiene menos de 21 años no se le exige periodo mínimo de cotización, El subsidio por maternidad equivale al 100% de la base reguladora correspondiente. Para calcular la base reguladora se divide el importe de la base de cotización por contingencias comunes del mes inmediatamente anterior al de la fecha de inicio del período de descanso, por el número de días a que dicha cotización se refiere (30 en el caso de un salario mensual) a continuación te facilito un enlace con toda la información

http://marina-otero-spagnuolo.suite101.net/autónomos-y-maternidad-a7265

muchas gracias, algo de eso había leído, pero mi duda es que ahora no cotizo en autónomos, he hecho un parón en la actividad porque hay muy poco trabajo, entonces quería saber cuanto tiempo antes del parto me debía de dar de alta otra vez en autónomos para tener derecho.saludos

Como ya as cotizado en el RETA durante 5 años te puedes volver a darte de alta durante un par de meses y cuando vallas a dar a luz puedes solicitar el permiso de paternidad sin que te pongan ninguna objeción..

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