La pensión de IP independientemente de si son o no contributivas cambian de denominación pasando a denominarse pensión de jubilación cuando el pensionista cumple los 65 años sin que la cuantía de la pensión modifique la cuantía que se venia cobrando por el echo de cambiar de denominación.. Por lo tanto desde el momento en el que cumples los 65 años pasas a cobrar la pensión de jubilación en en vez de la pensión de IP aunque la cuantía seguirá siendo la misma que venias cobrando ya que el cambio en la denominación de la pensión no conlleva cambio alguno, en la cuantía de la pensión y no se tiene que realizar ningún tipo de tramite ya que el cambio de denominación lo efectuara de oficio el propio INSS.. De todas for, mas para cuestiones relacionadas con las pensiones o con cualquier tipo de prestación por parte del INSS lo mejor es informarse en la tesorería provincial del INSS o en cualquier oficina de atención al cliente del INSS.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..