Si estas cobrando la prestación por desempleo y antes de agotar dicha prestación el medico te concede la incapacidad temporal por contingencias comunes, seguirás cobrando la prestación por desempleo hasta que la agotes del todo eso si, durante el tiempo que estés en situación de IT tienes que entregar en la oficina del SEPE/INEM) el parte de baja por IT, los partes de confirmación semanales y el de alta médica cuando ésta se produzca. La situación como demandante de empleo se modifica, pues durante la baja no tendrás que renovar la demanda ni acudir a los cursos de integración laboral ni a las citaciones para ofertas de trabajo... y si cuando hayas termines de cobrar la prestación sigues de baja tienes que personarte en la dirección provincial del INSS para solicitar que te sigan pagando la prestación por IT cuya cuantía es la correspondiente al 80% del IPREM 426 euros al mes.. y solo cuando te den el alta médica, podrías tener derecho a un subsidio por desempleo por haber agotado una prestación contributiva si tienes responsabilidades familiares o si no tienes responsabilidades familiares pero tienes mas de 45 años con lo que deberás ponerte en contacto con el Servicio Público de Empleo Estatal y solicitar el subsidio .Espero que la respuesta te sirva de orientación.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..