¿Quién cubre maternidad si estas en paro? ¿Y cuánto es?

Me llamo Sarah
Y tengo una pregunta acerca de la maternidad estando en el paro. Mi
caso es un poco especial y todavía no he encontrado las respuesta al
100% por eso os escribo. Ahora mismo estoy de 4 meses de embarazo y
estoy empleada en una empresa. Mi contrato vence a finales de junio.
Tengo fecha para el parto el día 17 de junio. Cuando me entere de que
estaba embarazada se lo dije a mi jefe y el me pidió que hiciéramos un
contrato de tiempo definido para que el no tenga que asumir los costes
de la maternidad. Y así se hizo. He estado trabajando más de un año así
que sé que me corresponden algunos meses de paro. Mi pregunta ahora es:
¿Quién cubre mi maternidad? Yo tengo entendido que es la Seguridad
Social. ¿Y cuánto me corresponde? ¿Me pagarán el 100%? O también es un
cierto porcentaje como el paro. Según mi jefe para mi no tendría que
haber ningún inconveniente y la Seguridad Social me pagará lo mismo que
me iba a pagar él. ¿Es cierto? Tengo muchas dudas. Gracias por vuestra
ayuda!

Respuesta
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La baja por maternidad la paga la seguridad socia cuya cuantía es el 100% de la base reguladora, que es el resultado de dividir el importe de la base de cotización de la trabajadora en el mes anterior al de la fecha de iniciación de la incapacidad por el número de días a que dicha cotización se refiere (este divisor será concretamente: 30, si la trabajadora tiene salario mensual; 30, 31 o 28, 29 si tiene salario diario). O sea, lo mismo que antes pero en esta ocasión se refiere a la base de cotización de contingencias comunes, también viene en la parte de abajo de la nómina, a veces coinciden ambas bases de cotización. Esto también lo paga la seguridad social .Si la baja la coges cobrando la prestación por desempleo, que por un año de cotización te corresponde 4 meses de prestación, se suspende o interrumpe el cobro de dicha prestación que abona el SEPE/INEM) y pasas a cobrar la baja por maternidad que abona el INSS hasta que cumplas las 16 semanas que corresponden de la baja por maternidad, y cuando te den el alta medica, tienes 15 días hábiles para solicitar la reanudación del tiempo que te quede por consumir de la prestación por desempleo que tuviste que interrumpir para coger la baja por maternidad, por la misma cuantía que estabas cobrando antes coger, la baja por maternidad.. Espero que la respuesta te sirva de utilidad.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez .. Gracias y un saludo..

http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Maternidad/RegimenGeneral/Prestacioneconomica28302/index.htm

http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/ag00b05b.html

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