Los trabajadores que hayan cesado en el trabajo por causa involuntaria por despido colectivo u objetivo sólo por causas económicas, por muerte, jubilación o incapacidad del empresario individual o por la existencia de fuerza mayor y además tengan 33 años efectivamente cotizados (a estos efectos, el periodo del servicio militar o la prestación social sustitutoria se computará como tiempo cotizado con el límite de un año) y que se encuentren inscritos en el INEM como demandantes de empleo durante un plazo de al menos 6 meses antes de solicitar la pensión pueden jubilarse anticipadamente a los 61 años pero con unos coeficientes reductores del de 7,5 % para los trabajadores desempleados que al solicitar la jubilación tengan un periodo de cotización inferior a los 38,5 años y de un 6,5 % para los desempleados que al solicitar la jubilación hayan cotizado 38;5 años o mas.. Por lo tanto cuando cumplas los 61 años puedes solicitar en el INSS, la jubilación, pero de la base reguladora te descontaran un 6,5% por cada año que anticipes la jubilación respecto a la edad ordinaria que en tu caso sera de 65 años ya que tienes cotizados mas de 38.5 años que son los que se van a exigir a partir del 1/!/2013 para jubilarse a los 65 años (carrera laboral completa ).. Espero que la respuesta te sirva de ayuda.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..