Paro para autónomos

Buenas soy autónomo y estoy pagando 250 euros y me he enterado de forma somera que pagando 30 o 40 euros más tengo derecho a paro ya que se ve esto entro hace poco, me podría dar más información al respecto que cuando se presenta y como se hace .gracias

1 respuesta

Respuesta
1
Los autónomos por fin ya tienen, una protección por cese de actividad, lo que comúnmente denominamos paro de autónomos, desde la aprobación de la Ley 32/2010 que fue publicada en el BOE de 6 de Agosto de 2010, entrando en vigor el 6 de noviembre del mismo año.
Ten en cuenta que cuando se comenzó a cotizar por cese de actividad fue cuando la Ley entró en vigor, es decir en noviembre de 2010, por lo que no será posible el cobro de la misma hasta noviembre de 2011, ya como como mínimo para percibirla es necesario tener cotizados 12 meses por dicha contingencia.
Puedes descargarte el impreso oficial que necesitas para solicitar el paro de autónomos en nuestra sección de utilidades.
El subsidio por desempleo para autónomos se trata de un derecho largamente reivindicado por el colectivo de autónomos y que se ha aprobado tras una considerable controversia tanto en el Congreso como en el Senado.
Como es lógico también se beneficiarán del paro de autónomos los trabajadores autónomos económicamente dependientes (Trade), y en cuanto a los trabajadores autónomos del Sistema Espacial Agrario (SETA), aún está pendiente de regulación.
Requisitos para la prestación por cese de actividad
Para tener derecho a la prestación por cese de actividad, paro de autónomos, es necesario que cumplas con éstos requisitos:
Tienes que estar afiliado y en situación de alta en el RETA.
Que cotices y tengas cubierta la protección por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Que tengas cubierto el período mínimo de cotización por cese de actividad, que debe haberse efectuado en los 48 meses anteriores al cese y al menos 12 meses deben ser continuados.
Encontrarte en situación legal de cese de actividad, suscribir el compromiso de actividad y acreditar que tienes disposición activa para reincorporarte al mercado de trabajo.
No puedes tener cumplida la edad ordinaria que te da derecho a la jubilación, salvo que no tengas acreditado el período de cotización requerido para ello.
Tienes que estar al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social. Si no cumples este requisito en la fecha del cese de actividad pero tienes cubierto el periodo mínimo de cotización que te da derecho a la prestación, tienes un plazo de treinta días naturales para ingresar las cuotas que debes.
Base y Tipo de Cotización para determinar la prestación
Para determinar tu prestación por cese de actividad y saber el paro de autónomo, tienes que saber que la base de cotización se corresponde a la base de cotización del Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos por la que cotizas mensualmente.
El tipo de cotización que te aplicarán, en concepto de protección por cese de actividad, será del 2,2%. De la base de cotización lo que supone un mínimo de 20 euros al mes de más No obstante la ley establece que los trabajadores autónomos acogidos a la protección por cese de actividad tengan una reducción de 0,5 puntos en la cotización de la cobertura de incapacidad temporal por contingencias comunes. Por lo que finalmente tu cotización aumentará en un 1,7%.
Esta cuota va obligatoriamente unida a la cotización por Accidentes de Trabajo y Enfermedades profesionales.
Duración de la prestación económica por cese de actividad
El número de meses a los que tendrás derecho a cobrar la prestación por cese de actividad dependerá del período que hayas cotizado.
Para cobrar el desempleo para autónomos es importante que sepas que tienes que haber cotizado de forma continua los doce meses inmediatamente anteriores al cese de tu actividad.
A continuación te dejo, la relación que se ha establecido entre los períodos de cotización y la duración de la prestación por cese de actividad para el paro de autónomo:
Duración de la prestación (según el periodo cotizado):
De 12 a 17 meses cotizados —————–2 meses de protección
De 18 a 23 meses cotizados —————–3 meses (4 para mayores de 60años)
De 24 a 29 meses cotizados —————–4 meses (6 para mayores de 60años)
De 30 a 35 meses cotizados —————–5 meses (8 para mayores de 60años)
De 36 a 42 meses cotizados —————–6 meses (10 mayores de 60años)
De 43 a 47 meses cotizados —————–8 meses (12 mayores de 60años)
De 48 en adelante——————————-12 meses de protección
Puedes descargarte el impreso oficial que necesitas para solicitar el paro de autónomos en este enlace:H utilidadeshttp://www.infoautonomos.com/utilidades/impresos-oficiales/:
Mas información sobre el cese de actividad paran autónomos:http://www.infoautonomos.com/información-al-dia/seguridad-social/paro-de-autónomos/
http://www.asepeyo.es/web/Faqase.nsf/0/E875AADFED9D512EC1257777003CAA36?OpenDocument&LANG=SP&TipoMenu=-
Buenas pensaba que cada 12 meses cotizados de autónomo son 4 meses de paro.
Bueno dime cuando debo inscribirme para pagar la cuota adicional para que me cubra por cese de actividad.
Y ya por ultimo agradecerte la labor altruista y desinteresada que hacéis los expertos.un abrazo

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas