Coche salpica agua de acera

Ayer caminando por Madrid y lloviendo a cántaros, una furgoneta de mensajería aceleró a propósito (porque a escasos 5m había un semáforo en rojo)para mojarnos y lo consiguió, nos caló a una amiga y a mi. Botas de ante, cazadoras de cuero para tirar por la porquería que arrastraba el agua (ya que no llovía desde...). Tenemos la matrícula de la furgoneta, ¿es posible denunciarles? ¿Hay alguna ley que impida a un conductor a salpicar (en este caso empapar) a los peatones? La agencia no nos ha dado los datos del conductor y ha dicho que si queremos que les denunciemos. ¿Qué se puede hacer? Sobre todo nos gustaría asustar a ese macarra.

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Si tiene la matrícula del vehículo y quiere que le repongan sus prendas, tendrá que denunciarlo.
Es conveniente aportar testigos así como facturas de la ropa o de la reposición de la misma.
Me pregunta si hay alguna ley que impida salpicar, la respuesta es:
-REAL DECRETO LEGISLATIVO 339/1990, DE 2 DE MARZO, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO ARTICULADO DE LA LEY SOBRE TRÁFICO, CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR Y SEGURIDAD VIAL (Incluye las modificaciones introducidas por las Leyes 5/1997, 11/1999, 43/1999, 55/1999, 19/2001, 62/2003 y 17/2005 y por los Reales Decretos 2822/1998 y 1428/2003)
Artículo 9. Usuarios y conductores
1. Los usuarios de la vía están obligados a comportarse de forma que no entorpezcan indebidamente la circulación, ni causen peligro, perjuicios o molestias innecesarias a las personas, o daños a los bienes.
Pero una cosa es la infracción administrativa por la forma o modo de conducir y otra la vía civil por la que puede solicitar la reposición de los bienes dañados, que en este caso son sus prendas de vestir.
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