Medida Máxima Arma Blanca

No estoy muy puesto en leyes y me gustaría saber cuál es la medida máxima que se puede llevar encima de arma blanca en España. Me he encontrado con casos de navajas de más de 20 cm y no creo que esas estén permitidas llevarlas encima..

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La Ley Orgánica sobre Protección de la Seguridad Ciudadana (lo 1/92), en su artúculo 23.a, nos habla de las armas de la tenencia de armas, como una infracción siempre que no se lleven con los requisitos legales y nos remite al Reglamento de Armas, donde al principio de su articulado, nos habla de las armas prohibidas e ilegales. También nos habla este reglamento de las características de las armas y su documentación y requisitos de tenencia. El artículo 146 de este reglamento, nos dice que será a criterio de los Agentes de la Autoridad, si es justificable que el posedor del arma blanca la lleve encima, con respecto a la situación de su tenencia. Ejemplo: no es lo mismo que un señor lleve una navaja de 11 centímetros en su finca, la cual la utiliza para labores de labranza o faena propia del campo, que otro señor lleve una navaja de 8 centímetros en un parque o en las inmediaciones de una discoteca o zona de ocio. Para solventar mejor tus dudas te remito al mencionado Reglamento de Armas.
Gracias, no sabía dónde podía informarme, buscaré dicho reglamento ya que lo que me interesa saber es la medida máxima permitida (en caso de estarlo) de portar una navaja o un cuchillo por la calle sin más motivo. Gracias

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