Derechos que me asisten por accidente en un restaurant

Deseo consultarle el siguiente caso:
El pasado mes de agosto, la noche del sábado 16 concretamente, fuimos unos amigos a cenar a un restaurante rural, en el que existía un menú degustación que incluía entre sus platos "Ensalada de Perdiz". Comiendo uno de estos platos mi mardo sintió que algo se le clavaba en la detandura con lo que a penas pudo seguir comiendo y así se lo manifestó al camarero que atendía la mesa, quien nos informó que era, además, el hijo del dueño del restaurante y, a la vez, el cocinero. Al saber de este accidente se limitó a manifestar que lo sentía muchísimo. Y ciertamente en eso se habría quedado de no ser por las consecuencias que tuvo después. Como no dejaba de dolerle, al regresar a nuestro domicilio, situado en otra localidad, nos fuimos al Centro Sanitario, donde el médico del servicio de urgencias estuvo sacándole huesos a mi marido de entre las muelas con una aguja. Al decirle mi marido que seguía sintiendo mucho dolor, el médico nos aconsejó que fuéramos a nuestro dentista lo más pronto posible, que con suerte sería el lunes, pero era la 1 de madrugada, y el médico lo que quería era que nos fuéramos de allí cuanto antes, no dándonos ni un informe por escrito.
Por fin el lunes conseguimos que le viera su dentista, quien constató algo que ya nos temíamos: la muela estaba rota, hecha pedazos, por lo que la dentista se la tuvo que extraer a fuerza de anestesia y con paciencia, sacando trozos y trozos. Antes de suturarle le implantó incluso hueso artificial, puesto que se vio obligada a dañar el hueso de la mndíbula para hacer bien la extracción. Pues era una muela que había estado sana hasta que se rompió con los huesos de la perdiz.
A la semana siguiente, después de quitarle los puntos de sutura le hizo un molde provisional que le pondrá en unos días y que deberá mantener puesto unos 7 meses hasta que pueda hacerle un implante definitivo.
Además del sufrimiento, los dolores y las molestias que le ha acarreado a mi marido, el coste de estos tratamientos rondará los 2.000 euros.
Mi pregunta es ¿Podemos exigir daños y perjuicios al dueño del restaurante por no haber deshuesado la perdiz? Y, si no es asÍ ¿Podemos al menos reclamarle una indemnización por los costes del tratamiento?
Respuesta
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El caso en principio es complejo puesto que el principal problema seria conocer hasta que punto los huesos de la perdiz han podido causar esos daños. Ya que una de las alegaciones del encausado podría ir en la linea de indicar que la muela dañada ya lo estaba previamente y que un hueso de perdiz no puede provocar tales daños. Por ello sera necesario disponer de todos los informes médicos posibles que certifiquen fehacientemente que la destrucción de la muela es producido por este hecho. Tanto el expediente del dentista como el del primer "profesional" que realizo la asistencia serán necesarios.
Igualmente seria útil disponer del ticket del restaurante ( un cargo de tarjeta de crédito también puede servir) así como aportar el comentario efectuado por el camarero-cocinero toda vez que es consciente de la situación.
Estimando lo comentado queda claro, aunque debería demostrarse como decía, la existencia de un perjuicio por causa de una negligencia en la preparación del platocon un resultado que ya conocemos y del que por tanto, como proveedor del producto causante del mismo, debe hacerse cargo el restaurante. Tanto de los daños y costes del tratamiento como de la estimación que puedan efectuar de los daños y perjuicios derivados: dolores y molestias, tiempo de trabajo perdido por causa del tratamiento, etc.
Dicha denuncia debe efectuarse ante los servicios de consumo de la capital de provincia donde se produjese el hecho, salvo que el citado municipio cuente con dichos servicios en cuyo caso deben hacerse allí. Igualmenter pueden optar por recurrir a alguna asociación de consumidores para que lleve el caso a cambio de una pequeña cutoa de manera que puedan contar con un asesoramiento más personalizado y profesional.
Un saludo
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No tuvimos la precaución de conservar el ticket de pago de la factura, ¿podría sustituirse éste por el testimonio de los amigos que nos acompañaban? De no ser así, cree que es posible, al menos, ¿intentar un acuerdo voluntario con el dueño del restaurante?
Decirle que además del hueso/huesos de perdiz, en la rotura de la juela intervino un plomo, hecho que le remarcamos al camarero y que justifico como inevitable por ser el animal procedente de caza o tiro.
Gracias por todo.
El detalle del plomo es considerablemente importante ya que si explica en mayor detalle la destrucción de una pieza dental. No es lo mismo moder un hueso de perdiz más o menos cocinado que morder un plomo que es un elemento macizo e irrompible. Con este cambio la situación se torna algo más favorable. Decir que es inetivable encontrar un plomo es como decir que es inevitable que en una herida por un vaso roto se nos quede un trozo de cristal clavado. Una excusa.
El testimonio de sus compañeros de mesa puede ayudar pero tiene el inconveniente de que su objetividad puede estar viciada por su condición de amigos suyos.
En este punto, la opción de intentar negociar con el establecimiento gana peso ya que de negarse el restaurante a atender sus obligaciones podrán interponer allí mismo la correspondiente hoja de reclamaciones e iniciar el proceso de reclamación sin perjuicio de que este pase luego a los servicios de consumo competentes en la causa, máxime en caso de que la respuesta del establecimiento no sea satisfactora. No obstante tal respuesta de producirse, supone prueba de veracidad de que los hechos son reconocidos como sucedidos y por tanto podía suplir al ticket de compra. Sin perjuicio de esto, un ticket o el apunte en cuenta si se pago con tarjeta también es elemento de prueba.
Un saludo
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http://historiasparanocurrar.blogspot.com/

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