Denuncia por exceso de velocidad
Me acaba de llegar por correo certificado una notificación de incoación de oficio de un expediente sancionador por haber sido detectado a 108 km/h en una vía de 90 km/h por un cinemómetro "Multanova 6F-MR" por una Imagen Captada Automáticamente por lo que no me fue notificada en el acto. La normativa infringida es el art 52.1.A del Reglamento General de Circulación. Se trataba de una vía de doble sentido con un único carril por sentido (en la provincia de Lleida por lo que la gestiona el Servei Català de Transit) y creo recordar que la foto me la hacen justo al acabar de realizar un adelantamiento (y además es cierto). Es más, en la foto de la imagen se ve la señal de prohibición del adelantamiento a punto de llegar (no se ven las líneas discontinuas del suelo). ¿El importe de la sanción es de 100? (¿70? Pronto pago). Mi pregunta es; puedo alegar que acababa de realizar el adelantamiento, y que por tanto, ¿estaba superando en 20 km/h el límite máximo de la vía (evidentemente no se ve el otro vehículo en la fotografía)? ¿Y cómo? ¿Qué es más efectivo un pliego de descargo o un recurso de alzada (o es lo mismo?) ¿Cómo hay que adornarla o a qué artículos hay que refererirse (o jurisprudencia) para argumentarlo de una manera más efectiva? Acepto todo tipo de sugerencias.
Gracias. Llevo 15 años conduciendo y es mi primera multa por velocidad y además creo que no es justa.
Gracias. Llevo 15 años conduciendo y es mi primera multa por velocidad y además creo que no es justa.
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Respuesta de encalzada
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